Obligan a readmitir a un artillero que fue despedido sin derecho a alegación
El bufete de abogados que defiende los intereses de un soldado del Regimiento de Artillería de El Ferral en León informó ayer en un comunicado que el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha hecho pública la sentencia por la que obliga a readmitirlo, tras ser declarada nula la resolución por la que no se le renovaba el contrato.
«El expediente que le tramitó el Ejército le dejaba privado de la posibilidad de realizar alegaciones en defensa de sus derechos», según explicó el letrado que encarnó la defensa del soldado en la vista ante el TSJCyL. De acuerdo con esta misma versión, se exige al Ejército de Tierra devolverle el sueldo de los tres últimos años, que asciende a más de 40.000 euros y a la vez retornarle la antigüedad perdida en todo este tiempo.
Indefensión
El bufete explica que el segundo motivo del recurso recoge la indefensión del soldado, al que no se le posibilitó la opción de realizar alegaciones. «El hecho de que la resolución del compromiso no sea una sanción y no haya por tanto que seguir las reglas del procedimiento sancionador para acordarla, no supone que aquella decisión pueda adoptarse de plano y sin escuchar previamente al interesado». Explica la sentencia que la ley estipula la obligación de conceder un plazo de alegaciones a los interesados para poder presentar los documentos y las justificaciones que se estimen procedentes. «En verdad, el actor no tuvo oportunidad de objetar a la resolución de compromiso cuestionada, circunstancia que frente a lo mantenido por la Abogacía del Estado no constituye un mero defecto de forma y sí la omisión de un trámite esencial. En consecuencia y a tenor de lo expuesto, sin necesidad de hacer mayores consideraciones ni de examinar el resto de los motivos del recurso, debe anularse la resolución que es objeto del mismo».
La interpretación de la sentencia que hace la parte defensora explica también que no es suficiente que se comunicara al soldado la apertura del expediente de resolución del compromiso, puesto que no se le concedió la oportunidad de presentar alegaciones, motivo por el que finalmente el Tribunal entiende que procede la readmisión del soldado para proceder a continuación a realizar las actuaciones que las dos partes consideren convenientes, de acuerdo al texto de la sentencia.