LA GESTIÓN MUNICIPAL
El TSJ ordena que León readmita a los trabajadores que echó dos veces y a los que paga por estar en casa
El Alto Tribunal frena el intento de volver a despedirlos

La concejala Nuria Lesmes junto al alcalde de León en la manifestación del tren. A la izquierda, la concejala María José Álvarez Casáis
Ni por la puerta de adelante, ni por la de atrás. El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ha frenado el nuevo intento del equipo de gobierno del Ayuntamiento de despedir a los trabajadores que le había obligado a readmitir. El grupo de empleados a los que tuvo que devolver a la disciplina municipal por la sentencia que decretaba la nulidad de su despido realizado dentro del Expediente de Regulación de Empleo (ERE). La decena de empleados a los que, desde mayo del pasado año, cuando se empezaron a suceder los fallos judiciales, tuvo que empezar a enviar la nómina pero les notificó que no fueran a trabajar porque su plaza había sido amortizada. El argumento que intentó volver a utilizar ahora la Concejalía de Personal y Régimen Interior, dirigida por Nuria Lesmes, amparada en una sentencia del Tribunal Supremo que consagra la rescisión laboral de los indefinidos no fijos como si fueran interinos. Tampoco cabe, les han dicho.
Los magistrados de la sala de lo social del TSJ recalcan que «se dejan sin efecto las actuaciones administrativas que impiden la continuación de la ejecución, requiriéndose al Ayuntamiento de León a fin de que mantenga el alta en la Seguridad Social y continúe abonando los salarios». El criterio se fija en el auto dictado para examinar la incidencia en la ejecución de la sentencia solicitada por los dos trabajadores a los que se volvió a despedir. Los primeros con los que se experimentó la «herramienta jurídica para defender los intereses del Ayuntamiento», como la definió el portavoz del equipo de gobierno popular, para evitar la readmisión. El despido sobre despido que, ante el aviso del Alto Tribunal, no se podrá seguir con los demás casos que se había avanzado desde el PP: aquellos cuya plaza se amortizó o cuyo servicio fue cerrado. La situación en la que se encuentran los señalados por el auto, ya que proceden del albergue municipal, pero en la que también hay otros operarios de servicios sociales o guarderías.
El nuevo pronunciamiento del Alto Tribunal llega cuando el Supremo ya ha rechazado incluso el intento de recurso de casación promovido por el Ayuntamiento, lo que convierte las sentencias de nulidad del despido dentro del ERE en firmes. Fallos que hacen que la administración municipal tenga que pagar a los afectados, que ya superan la decena, los salarios de tramitación: las nóminas desde que fueron despedidos hasta el dictamen del TSJ, que suponen alrededor de 20.000 euros anuales por cada trabajador. Los costes que se suman a los 150.745 euros que el Ayuntamiento abonó al despacho externo al que adjudicó la gestión del ERE, además de otros 740.000 euros en indemnizaciones al más de un centenar de afectados por la regulación laboral.
Pese a esta ayuda externa, el juicio de los magistrados es claro: «Si esta sala enjuició el despido cuya consecuencia era claramente la amortización de la plaza y declaró nula dicha decisión extintiva, implícitamente se estaba anulando dicha amortización». La redacción que deja sin un nuevo argumento al departamento de Lesmes y le hace que les busque hueco en plantilla o negocie de manera individualizada la rescisión.