La Guardia Civil interviene en el Rastro doce armas prohibidas
. Navajas, puñales, bayonetas de uso militar, estrellas ninja y una defensa extensible estaban libres a la venta.

La Guardia Civil de León, dentro del permanente control de armas y explosivos que la ley le encomienda, procedió a la intervención de cuatro navajas automáticas, dos navajas combinadas con puño americano, un puñal, una bayoneta de uso militar, tres xiriquetes (estrellas Ninja) y una defensa extensible de metal.
Los hechos tuvieron lugar el pasado domingo en la ciudad de León, cuando especialistas en Intervención de Armas de la Guardia Civil de León descubrieron, durante una inspección realizada en un puesto callejero en el Rastro, las armas incautadas, las cuales se encontraban expuestas para la venta al público. La legislación prohibe totalmente su comercio, tenencia y uso a particulares. Los propietarios carecían de todo tipo de autorización.
Dichas armas fueron intervenidas y depositadas en la Intervención de Armas de León. El responsable del puesto de venta ambulante fue detenido y propuesto para sanción por el incumplimiento de varias infracciones administrativas tipificadas en el vigente Reglamento de Armas.
El reglamento de Armas, establece en sus artículos 4 y 5 el catálogo de armas cuya comercialización, tenencia y uso considera prohibidas, encomendando en su artículo 7 a la Guardia Civil las funciones derivadas de la legislación vigente sobre armas, especialmente en la fabricación, circulación, almacenamiento, comercio y adquisición, tenencia y uso de las armas.
Otra inspección
El pasado mes de diciembre en otra inspección realizada en el mercadillo de antigüedades del Barrio Húmedo, los especialistas de la Intervención de Armas de la Guardia Civil de León incautaron siete pistolas de avancarga del sistema Lafouchette, junto con dos revólveres y dos carabinas, todas ellas armas antiguas e históricas, las cuales carecían de número de serie ni marca de fabricación y donde tras su exhaustivo análisis se determino que ninguna de ellas era apta para su uso inmediato.
La legislación prohibe las armas de fuego que sean resultado de modificar sustancialmente las características de fabricación u origen de otras armas, sin la oportuna autorización de modelo o prototipo, las armas largas que contengan dispositivos especiales, en su culata o mecanismos, para alojar pistolas u otras armas.
Prohibiciones
También están prohibidas las pistolas y revólveres que lleven adaptado un culatín o las armas de fuego para alojar o alojadas en el interior de bastones u otros objetos.
Quedan prohibidas igualmente las simuladas bajo apariencia de cualquier otro objeto y los bastones-estoque, los puñales de cualquier clase y las navajas llamadas automáticas. Se considerarán puñales a estos efectos las armas blancas de hoja menor de once centímetros, de dos filos y puntiaguda.
No están permitidas las armas de fuego, de aire u otro gas comprimido, reales o simuladas, combinadas con armas blancas ni las defensas de alambre o plomo, los rompecabezas, las llaves de pugilato, con o sin púas, los tiragomas y cerbatanas perfeccionados, los munchacos y xiriquetes; así como cualesquiera otros instrumentos especialmente peligrosos para la integridad física de las propias personas.