Diario de León

El plazo para el depósito de la fianza de un alquiler se limita a un mes

Inauguración de la jornada, ayer en San Marcos.

Inauguración de la jornada, ayer en San Marcos.

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La Cámara de la Propiedad Urbana de León recuerda que el lunes entra en vigor la orma que limita a un mes el plazo para su depósito desde la formalización del contrato.

La Ley del Derecho a la Vivienda de Castilla y León del año, obliga a todos los arrendadores a depositar las fianzas de los contratos de arrendamiento de fincas urbanas, viviendas y negocios, a disposición de la Junta de Castilla y León. El cumplimiento de esta obligación está sancionado por esta ley con la imposición de multas que pueden llegar a los 90.000 euros en los casos más graves.

La publicación de esta reforma, contenida en la Ley 7/2004 publicada el pasado 19 de septiembre de medidas sobre rehabilitación, regeneración y renovación urbana, regula el plazo con el que cuentan los arrendadores de fincas urbanas para cumplir con la obligación del depósito de la fianza y lo fija en un mes desde la formalización del contrato, transcurrido el cual procede la imposición de la correspondiente sanción, cuyo importe es variable en función de la cuantía de la fianza, y aplicable por el mero hecho de depositar la fianza arrendaticia fuera de ese plazo.

La sanción por no depositar la fianza en la Cámara de la Propierad Urbana puede llegar a los 3.000 euros para fianzas inferiores a los 600 euros.

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