CASO CARRASCO
Triana y Montserrat tendrán que seguir en la cárcel hasta 2024 y 2025
La Audiencia Provincial desestima las alegaciones del abogado defensor que instaba a aplicar las mismas medidas por las que Raquel Gago quedó libre
La Audiencia de León ha acordado hoy prorrogar la situación de prisión provisional para Triana Martínez y su madre, Montserrat González, condenadas por el asesinato de la presidenta de la Diputación leonesa Isabel Carrasco.
En apenas veinticuatro horas, la Audiencia de León ha resuelto prorrogar la prisión provisional para ambas hasta que se revuelvan los recursos presentados por las partes en los términos que prevé la ley, es decir, la mitad de la pena, que en el caso de Montserrat serían 11 años -fue condenada a 22 años- y en el de su hija a 10 -se le impuso una pena de 20 años-. Por tanto, en el caso de Montserrat la prisión provisional puede prorrogarse hasta el 15 de mayo de 2025 y en el de Triana hasta el mismo día del año anterior.
Triana y su madre, autora confesa de los disparos que acabaron con la vida de Isabel Carrasco, declararon ayer por videoconferencia desde la cárcel de Mansilla de las Mulas en la vista celebrada en la Audiencia de León para abordar su situación de la prisión provisional.
La primera reiteró que es inocente y reclamó entre sollozos que se le conceda la libertad provisional, mientras que Montserrat, también entre lágrimas, se limitó a pedir la libertad provisional para su hija, en una intervención de apenas unos segundos.
Durante la vista, tanto la fiscalía como las acusaciones particulares solicitaron que se prorrogase la situación de prisión provisional hasta que se revuelvan los recursos presentados por las partes en los términos que prevé la ley.
La Fiscalía recalcó que no cabe la posibilidad de libertad para Triana debido a la gravedad del delito por el que ha sido condenada, y ha además advirtió de que existe riesgo de fuga.
Por su parte, el abogado Ángel Martínez, que ha asistió en esta vista a José Ramón García -el letrado que encabeza la defensa de Montserrat y Triana-, aceptó que se prorrogue la situación de prisión provisional para Montserrat, pero reclamó la libertad condicional para Triana.
La Audiencia provincial de León ha resuelto hoy que la joven permanezca en prisión porque considera que existe riesgo de fuga y sustracción a la justicia por parte de dicha condenada. El auto recalca que no procede la petición de libertad provisional de dicha condenada hasta que la sentencia sea firme, tal y como ya se razonó y acordó en la sentencia condenatoria.
La defensa de Montserrat González y de su hija presentó el pasado 14 de abril un recurso de apelación en el que solicitó una notable rebaja de la pena a la que fue condenada la primera y la absolución de la segunda por el asesinato de Isabel Carrasco. En su recurso de apelación, el letrado José Ramón García planteó que se rebaje a Montserrat González la pena de 22 años a los que fue condenada a seis años, y argumentó para ello que la autora confesa de los disparos que acabaron con la vida de Isabel Carrasco padecía un trastorno mental severo cuando sucedieron los hechos.
En el caso de Triana Martínez, el letrado arguyó en su recurso que no participó en los planes homicidas de su madre, que ni siquiera conocía y solicitó la libre absolución de su patrocinada del delito de asesinato por el que fue condenada.
La sentencia hecha pública en pasado 10 de marzo por el tribunal que presidía el magistrado Carlos Javier Álvarez condenó a Montserrat González, autora confesa del asesinato, y a su hija, Triana Martínez, a penas de 22 y 20 años, respectivamente. El tribunal condenó a Montserrat González y a su hija por los delitos de asesinato en concurso ideal con un delito de atentado agravado por el uso de armas de fuego.
La sentencia absolvió del delito de asesinato a la tercera acusada por este crimen, la policía local Raquel Gago, en contra del veredicto, al asumir el tribunal que las preguntas que debía responder el jurado estuvieron mal formuladas. El tribunal condenó a esta acusada a cinco años de prisión por los delitos de encubrimiento y tenencia ilícita de armas.