Diario de León

Los juzgados fallan ya la retroactividad total de devolución de cláusulas suelo

Parte de las demandas quedaban aún pendientes de la decisión del tribunal europeo .

Los juzgados leoneses han hecho públicas estos días nuevas sentencias con la retroactividad. JESÚS

Los juzgados leoneses han hecho públicas estos días nuevas sentencias con la retroactividad. JESÚS

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maría j. muñiz | león

Los juzgados españoles, y también los leoneses, han comenzado esta semana a dictar las sentencias sobre las demandas de las cláusulas suelo que habían quedado supeditadas a la decisión final del Tribunal Superior de la Unión Europea para determinar cuál sería el límite de la retroactividad para fijar las cantidades a devolver a los clientes por las entidades financieras.

El tribunal europeo dictaminó el pasado 21 de diciembre que la retroactividad de estas cláusulas, que han limitado el beneficio de los clientes por la rebaja de los tipos de interés, tenía que aplicarse desde el momento en el que comenzó el perjuicio; y no desde mayo de 2013, como había decidido el Tribunal Supremo español.

La mayor parte de las demandas presentadas hasta el momento reclamaban la devolución de lo cobrado de más hasta esa fecha, y la decisión del tribunal europeo les abre ahora la vía para reclamar las cantidades en las que fueron perjudicados con anterioridad a mayo de 2013.

Sin embargo, otras demandas habían solicitado la suspensión de la sentencia hasta que se hiciera pública la resolución del tribunal europeo, contra el que no cabe apelación. Así lo explica Marcelo Tamargo, de Espacio Legal, que señala que suya es la primera sentencia dictada en León en este sentido, por parte del Juzgado de Primera Instancia Número 1.

«Hay muchas sentencias que estaban paradas a la espera de esta decisión, y desde la recolución europea han comenzado a publicarse. Hicimos una apuesta solicitando la paralización de la sentencia hasta conocer la decisión final, ahora los clientes se benefician sin tener que presentar nuevas demandas».

Tamargo incide en que la solución que se ha aplicado hasta ahora, de acuerdo con la doctrina del Tribunal Supremo ahora rechazada por la justicia europea, «es una media solución, lo que en realidad no es una solución».

reclamaciones y costas

También destaca que «muchos clientes que hasta ahora no habían acumulado una cantidad suficiente para que les fuera rentable reclamar pueden hacerlo a partir de ahora».

Otros despachos de abogados recuerdan que para cantidades inferiores a 2.000 euros no hay concena en costas, por lo que se impone cobrar porcentajes pequeños a los afectados. Tamargo invita a estos afectados a «acudir a las organizaciones de consumidores, que tienen otras vías de reclamación, o negociar con las entidades». s

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