Diario de León
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La sentencia del Juzgado de Primera Instancia Número 1 de León dictó el 30 de diciembre sentencia por el caso de un matrimonio contra Caja España, entidad con cuya hipoteca se subrogaron en 2004. Declara la «nulidad, por abusiva, de la cláusula por la que se fija un límite mínimo al tipo de interés variable (cláusula suelo)». El fallo condena a la entidad a eliminar la cláucula del contrato y a restituir a los demandantes las cantidades percibidas «en su aplicación desde el inicio de la vigencia del contrato, más los intereses legales devengados por dichas cantidades desde las fechas de sus respectivos cargos».

Los juzgados de varias provincias españolas han aplicado ya estos días la doctrina del tribunal europeo en sus fallos sobre las cláusulas suelo, a la espera de que el Tribunal Supremo español asuma la decisión del órgano superior.

Mientras tanto, los despachos de abogados viven una vorágine de consultas desde el pasado día 21, tanto por parte de los clientes que ya habían conseguido que los tribunales les dieran la razón en la eliminación de las cláusulas y el pago de lo cobrado de más desde mayo de 2013, que ahora se preparan para exigir la devolución de lo cobrado anteriormente; como por parte de quienes inician su reclamación ahora.

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