La Audiencia impone 17 años de prisión para el autor del crimen del Húmedo
Al encubridor, que actualmente cumple otra pena, lo condena a un año y medio de cárcel .

José Ignacio, a la izquierda y Sergio, a la derecha. DL
dl | redacción
La Audiencia Provincial de León condenó ayer a 17 años de prisión a José Ignacio Tellechea Larralde como autor de la muerte de un joven a la puerta de un pub del Barrio Húmedo, tras propinarle una puñalada en el transcurso de una pelea. Un jurado popular lo había considerado culpable en el veredicto elaborado al término del juicio, que se celebró a finales del mes pasado.
Sergio Manso Izquierdo, considerado por el Tribunal Popular culpable de encubrimiento, ha sido condenado a un año y medio de prisión. Actualmente se encuentra ya recluido en Villahierro, cumpliendo pena por otro delito diferente. El jurado entiende que ayudó al autor de la puñalada a huir, primero a Galicia y luego a Bilbao.
El apartado de fundamentos de derecho de la sentencia considera que han sido elementos incriminatorios fundamentales los testimonios en sala de los dos acusados: «Ha habido múltiples y variadas contradicciones, no solo con lo depuesto por ellos mismos en fase de instrucción sino también respecto del testimonio de otros testigos», explica la sentencia, de 48 folios.
El magistrado presidente considera que la aportación de los testigos protegidos 1 y 2 ha sido esencial. El segundo identificó por dos veces a Tellechea Larralde como la persona que acuchilló a la víctima. También entiende básico el testimonio de la hermanastra del autor del crimen (manifestó lo contrario de lo que había dicho el acusado en varias fases del interrogatorio), el de una amiga de la familia Larralde (buscó abogados en Madrid la tarde del domingo del crimen pero no supo explicar para qué) y el de un varón que envió un mensaje por Tuenti a un amigo suyo dando todo tipo de detalles.
La principal coartada de la defensa fue desmontada «por la propia víctima», refiere la sentencia. Sostenía el abogado de Larralde que las imágenes del pub demostraban que había entrado en el pub a las 2.35 horas y no salió hasta las 3.30,cuando el crimen se había cometido a las 2.55. El fallecido aparecía en las imágenes entrando al pub a las 3,24 porque esa noche se produjo el cambio a horario de invierno y el sistema de grabación no había modificado el horario».
«Por ello, resulta que dicha grabación, lejos de ser la coartada perfecta para José Ignacio, finalmente ha devenido a acreditar al menos dos hechos ciertamente desfavorables para él: de un lado, que no dijo la verdad en fase de instrucción cuando manifestó que en el pub entraron cuatro amigos juntos, puesto que en dicha grabación se observa que Manso Izquierdo llegó más tarde y, de otro, sitúa al acusado media hora antes a escasos 15 metros de donde se produce la agresión desconociéndose cuando abandonó dicho bar», reza la sentencia.