TRIBUNALES ■ terrorismo
El asesino de Cortizo deberá indemnizar a su viuda e hijos con más de 600.000 euros
La Audiencia Nacional impone al etarra Sergio Polo 110 años de prisión y le prohíbe volver a León en diez años.

El atentado tuvo lugar el 22 de diciembre de 1995 en la calle Ramón y Cajal. RAMIRO
miguel ángel zamora | león
La Audiencia Nacional condenó ayer a una pena de 110 años de prisión a Sergio Polo como autor del atentado terrorista de ETA en León que acabó el 22 de diciembre de 1995 con la vida del comandante Luciano Cortizo, por el sistema de la bomba-lapa cuando el vehículo en el que viajaban el asesinado y su hija estaba detenido a la altura del semáforo de Ramón y Cajal.
La sentencia de la Sección Primera de la Sala Penal impone a Polo una pena de 30 años de prisión por el delito de asesinato terrorista contra miembro de la Fuerzas Armadas y otros 80 años por otros cuatro delitos frustrados (20 años por cada uno) de asesinato terrorista en grado de tentativa. Le absuelve de tenencia de explosivos al haber sido condenado por el mismo delito en otro procedimiento.
En su resolución, el tribunal le impone también el pago de una indemnización de 300.000 euros a la viuda, Margarita Ordóñez y 160.000 a cada uno de sus dos hijos, Beatriz y Alejandro. A la hija del comandante, además, deberá indemnizarla con 92.100 euros por las lesiones sufridas y otros 250.000 por las secuelas del atentado. La sala concede las indemnizaciones solicitadas por la acusación particular dado el enorme trauma que supuso para la mujer e hijos el asesinato, «no sólo de forma brusca e inesperada, sino además de un modo especialmente violento, cruel y sanguinario».
Según los hechos probados de la sentencia, en el año 1995 Sergio Polo recibió la orden de la cúpula de ETA de acabar con la vida del comandante Cortizo, para lo cual recibió materiales explosivos en la vivienda que ocupaba en Pasajes de San Pedro (Guipúzcoa). Siguiendo las directrices de la banda, el acusado confeccionó una bomba-lapa de fabricación casera y en los días previos al 22 de diciembre de 1995 se trasladó a León para ejecutar el atentado, vigilando el vehículo de su objetivo.
DENTRO DEL COCHE
La noche del 21 al 22 de diciembre, continúa relatando la resolución, Sergio Polo accedió al interior del vehículo del comandante y colocó bajo el asiento del conductor el artefacto que él mismo había preparado.
Sobre las 13.20 horas del día 22, cuando el militar y su hija se subieron al coche, al poco de arrancar, el artefacto hizo explosión. A consecuencia de ello, Luciano Cortizo, de 44 años, falleció, y su hija, de 18, resultó herida de gravedad. Igualmente resultaron con lesiones otras tres personas que transitaban por la calle y otra sufrió una crisis de ansiedad.
TODO PROBADO
Los elementos incriminatorios que resultan del contenido de dicha comunicación se ven corroborados, a juicio de la sala, por otro sólido indicio, como son los materiales y efectos intervenidos en el piso alquilado en el que vivía el acusado -entre ellos cinco artefactos explosivos ya elaborados- y que según las periciales practicadas resultan coincidentes con los utilizados en el atentado. También, según la sala, existen múltiples indicios que les llevan a concluir que el acusado Sergio Polo es el integrante de ETA apodado «Lur» al que iba dirigida la comunicación de «Anboto».
Así, explican, entre los efectos ocupados en la vivienda de Pasajes que apuntan en ese sentido se encuentra un contrato de arrendamiento de dicha casa suscrito por Sergio Polo, de fecha 1 de septiembre de 1994, con una vigencia de un año. Además, en dicho piso se hallaron un DNI, un permiso de conducir y un carnet de la Universidad de Zaragoza manipulados a nombre de otra persona pero con la foto de Sergio Polo. Igualmente había en el piso múltiples huellas dactilares que corresponden a las del acusado.
También resultan esenciales para la sala documentos intervenidos en Francia con motivo de la detención de miembros de ETA entre los que había una hoja de papel doblada con la anotación «Lur» que contenía 4 fotos de Sergio Polo y cuya finalidad, según los peritos, era elaborar documentos de identidad falsos para que fuera utilizados por los miembros de ETA cuando regresaran como «liberados».
En la vista oral celebrada la pasada semana la Fiscalía pidió para el acusado 122 años de cárcel por los hechos ocurridos hace más de 22 años, mientras que los agentes de la Policía Nacional y de la Ertzaintza que declararon como peritos acudieron a corroborar sus informes recogidos en el escrito de acusación del Ministerio Público.
ACTITUD PASIVA
El tribunal razona que carece de explicación relacionada por los materiales explosivos hallados por los agentes en el piso que tenía alquilado en León, debido a que durante la vista oral Polo se acogió a su derecho a no declarar. Además dice que su defensa mantuvo una actitud «pasiva» durante la misma limitándose a participar sin formular ninguna pregunta.
En relación con las huellas dactilares, los agentes de la Ertzaintza presentes en la inspección ocular de la casa confirmaron que las huellas del acusado fueron identificadas en una copa de licor, un vaso y demás objetos.