LEÓN ■ TRIBUNALES
El Bicho seguirá en prisión porque el TSJCyL cree que hay riesgo de fuga
Su abogado sostiene que si no desapareció después del juicio «no iba a hacerlo ahora».

Tellechea, llegando a la Audiencia durante el juicio. DL
dl | redacción
José Ignacio Tellechea Larralde, condenado a 17 años de prisión como autor de la muerte violenta de un joven apuñalado en el Barrio Húmedo en octubre de 2012, deberá seguir en prisión tras no prosperar el recurso presentado ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, que considera que existe un riesgo de fuga hasta que la sentencia sea firme.
«La prisión provisional del recurrente se acordó inicialmente el 23 de noviembre de 2012, por la juez instructora, en base a la existencia de un delito grave, la presencia de motivos bastantes para creerle criminalmente responsable del mismo y la inferencia racional de riesgo de fuga», explica el Alto Tribunal.
Tellechea se cruzó con la víctima a la puerta de un pub del Húmedo. Al ver que mantenía una discusión con un primo suyo, lo apuñaló en un costado y se dio a la fuga después. Se entregó un mes más tarde, cuando tuvo constancia de que las cámaras de seguridad de un pub demostraban que el condenado se encontraba dentro del establecimiento en el momento del crimen y no en la calle, donde ocurrieron los hechos. No sirvió esta prueba como coartada, puesto que el crimen tuvo lugar la noche en la que se cambiaba la hora aquel año y un testigo protegido lo identificó sin ningún género de dudas como el autor de la muerte
«La citada situación se mantuvo por la Instructora en auto de 26 de marzo de 2013, y fue revocada por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de León en auto de 7 de mayo del propio año, manteniéndose la situación de libertad hasta el 22 de febrero de 2018, en que se acordó nuevamente la prisión».
Contra esta última resolución se interpone el presente recurso, alzándose el apelante frente a los argumentos que la fundamentan y que se concretan en la consideración de que el dictado en alzada de una segunda sentencia condenatoria, confirmando la de primera instancia, no sólo despeja las expectativas tenidas en cuenta de una eventual revocación, sino que aumenta el riesgo de fuga. Contra ello, el nuevo letrado de Tellechea Larralde entiende que «no habiéndose sustraído a la acción de la justicia tras su condena en primera instancia, ni tampoco tras el dictado de la sentencia de apelación que la confirma, es gratuito presumir que va a hacerlo ahora».
La Ley de Enjuiciamiento Criminal obliga literalmente a replantearse la situación del reo «en el preciso momento en que se recurre en casación, y ello no puede obedecer a otra razón que el cambio de perspectivas que la dilación de la declaración de firmeza introduce siempre en aquella situación, modificando la percepción de los restantes parámetros tenidos en cuenta hasta entonces».
«La Audiencia Provincial decretó en su día la libertad del acusado por la razón fundamental de que el veredicto del jurado no había sido unánime, condicionándola expresamente a las resultas de la apelación ante esta sala; y lo cierto es que, producidas éstas, el tribunal ha actuado en consecuencia».