León perderá casi 800.000 € de más de 300 plusvalías mal cobradas según el Supremo
El Alto Tribunal anula el impuesto en los casos en los que se acredite que no hubo aumento de valor del inmueble.

álvaro caballero | león
Parados desde el verano de 2017, después de la sentencia del Tribunal Constitucional que declaró la inconstitucionalidad de dos artículos, la carpeta de liquidaciones del Impuesto sobre el Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IVTN), conocido como plusvalías, suma más de 550 casos reclamados. Uno tras otro pasarán a partir de septiembre a reactivarse toda vez que el fallo del Tribunal Supremo emitido el pasado 9 de julio aclarara que tan sólo tendrán derecho a librarse del pago del tributo los titulares de los inmuebles en los que se pruebe que la transmisión se ha hecho con pérdidas. En el caso de León se corresponde con alrededor de 300 expedientes, según los datos aportados por los servicios económicos, que estiman que la pérdida de ingresos para la administración rondará los 800.000 euros. Los otros 250 contribuyentes que ejercitaron la impugnación a pesar de ganar dinero con la operación, que mantenían la esperanza de que la aplicación «maximalista» de la doctrina anulase por completo el tributo, como ya habían llegado a aplicar juzgados de León en reclamaciones de particulares, al final no se librarán del paso por la caja.
La sentencia del Supremo permite que el Ayuntamiento respire en un tributo que genera más de 5 millones de ingresos anuales en cerca de 4.000 operaciones. Al igual que el resto de consistorios de España, que cada año ingresan más de 2.500 millones por este concepto, la capital leonesa evita la repercusión que hubiera tenido que el Alto Tribunal anulara el impuesto. A pesar de que los magistrados aún se tienen que pronunciar sobre recursos que defienden que el cálculo de los coeficientes es erróneo, el pronunciamiento hace que León esquive la posibilidad de tener que devolver cerca de 1,6 millones de euros: los correspondientes a las reclamaciones que no se consideraban prescritos por ley.
La aplicación del fallo no evita que el Ayuntamiento tenga que afrontar en los próximos meses la resolución de las reclamaciones en las que no ha habido incremento de valor del inmueble. El consistorio, de acuerdo a los datos de los servicios económicos, acumula a la fecha casi 300 expedientes en los que los afectados acreditaron que su vivienda tenía un valor inferior en el momento de la venta o herencia. Como prueba, según reseña el fallo del Supremo, se podrá aportar cualquiera que «al menos indiciariamente permita apreciar» la inexistencia del incremento, como las escrituras de venta. Quienes quieran beneficiarse tendrá que reclamarlo y, en caso de duda, recaerá sobre la administración la prueba de carga para demostrar que la documentación aportada por el contribuyente no es veraz.
Aunque el análisis pormenorizado determinará el cálculo exacto, los responsables de la gestión de tributos estiman que la pérdida de ingresos para la administración rondará los 800.000 euros. La casuística, como apuntan desde el consistorio, es muy variada. Hay quien pagó y recurrió la plusvalía, por lo cual el Ayuntamiento de León tendrá en los próximos meses que devolverles la factura cobrada de manera indebida, conforme al fallo del Supremo. Pero también se dan situaciones de quienes presentaron la autoliquidación del impuesto, no la pagaron y la impugnaron, y quienes tan sólo se limitaron a aportar un escrito en el que acreditaban que no había habido ganancia en la operación inmobiliaria, con lo cual no la administración no tendrá que reingresarles nada aunque sí dejará de percibir la cantidad prevista.