PROSTITUCIÓN
Condenados a cinco años los responsables del club La Estación por obligar a ejercer la prostitución a varias mujeres paraguayas
Las captaban en su país con la falsa promesa de trabajar en España cuidando a personas mayores
Un local de alterne
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de León ha condenado a un hombre y una mujer, V.G.A. y una mujer N. O. M. F. como responsables del club La Estación de Santas Martas, a cinco años de prisión por un delito de trata de seres humanos con fines de explotación sexual. En concreto se les culpa de captar en Paragay a mujeres para traerlas a España con una supuesta oferta de trabajo (cuidando a personas mayores) y posteriormente obligarlas a ejercer la prostitución contra su voluntad en este local ubicado en la localidad de Valdearcos.
La sentencia explica así el modus operandi: "Para conseguir que las mujeres de nacionalidad paraguaya, antes citadas, accediesen a venir a España a ejercer la prostitución V. G. A. les adelantaba una cantidad de dinero (sobre 3000 €) para el viaje (viático), que tenían que reintegrar en el lugar de destino, de tal manera que iban acumulando deuda con V. G. A., por diversos conceptos, tales como viaje, hospedaje, sustento, etc. Con tal forma de proceder, las mujeres se verían obligadas a prostituirse, para
solventar la deuda, imponiéndolas unas exigentes condiciones para ejercer la actividad, tanto de horario, ubicación, como de remuneración; condiciones que incumplían flagrantemente la normativa laboral.
Una vez allí se les imponían unas condiciones realmente duras: Se les retenía y guardaba el pasaporte; estaban determinadas a hospedarse en el propio Club, en donde tenían que ejercer diariamente la prostitución y labores de alterne en un horario comprendido entre las 17,30 h. a las 4.30 h, y todo ello según las instrucciones que se les iban dando normalmente por parte de la encargada principal del funcionamiento del local; por el hospedaje y la manutención se les facturaba unos 50 euros por
día; las cantidades de dinero que correspondían a los servicios sexuales (ordinariamente sobre 50 euros por cada pase) les eran retenidas, total o parcialmente por los responsables del local con la finalidad de imputarlas a la deuda previamente contraída y, una vez saldada, todavía se les retendría el primer pase y una cantidad aproximada a la mitad de las consumiciones que efectuaban los clientes; las mujeres paraguayas no estaban dadas de alta en la Seguridad Social, no tenían cobertura sanitaria, y su situación de residencia en España era irregular al haber entrado como turistas, sin haber obtenido ningún permiso de residencia.
El Fiscal considera a V. G. A. autor de cuatro delitos de trata de seres humanos con fines de explotación sexual, de cuatro delitos determinación coactiva a la prostitución y de favorecimiento de inmigración ilegal por lo que sentencia una pena de un delito de prisión por el favorecimiento de la inmigración ilegal y a cinco años y seis meses por cada uno de los cuatro delitos de trata de seres humanos con fines de explotación sexual. A N. O. M. F., de nacionalidad paraguaya, se le impone la pena de cinco años y tres meses de prisión por un delito de determinación coactiva a la prostitución. Contra ambas resoluciones puede interponerse recurso ante el Tribunal Superior d eJusticia de Castilla y León.
Además, se acuerda la clausura definitiva del club La Estación.
Las defensas de ambos acusados solicitaron la libre absolución.