Diario de León

Tribunales

Condenan a un exdirectivo de la Cultural por abusos sexuales a dos empleadas

El juicio se ha celebrado esta mañana y el condenado ha aceptado dos penas de dos años de prisión y también indemnizaciones por valor de 5.000 euros

El juicio se ha celebrado en Penal 1. MAZ

El juicio se ha celebrado en Penal 1. MAZ

León

Creado:

Actualizado:

Un antiguo directivo de la Cultural y Deportiva Leonesa ha aceptado dos penas de dos años de prisión por abusos sexuales sobre dos trabajadoras del servicio de limpieza de las instalaciones del club en el área deportiva de Puente Castro. El juicio se ha celebrado esta mañana en Penal 1 con un acuerdo de conformidad en el que se han pactado las penas. Al no exceder la pena de los dos años y disociarse los dos delitos como diferentes, no comporta el ingreso en prisión del penado.

La primera víctima era empleada de la empresa de limpieza que se encarga desde hace más de tres años de la limpieza del Area Deportiva de Puente Castro, lugar donde entrenan los jugadores de fútbol de la Cultural y Deportiva Leonesa, siendo el acusado directivo de dicho club de fútbol, el cual con ánimo de satisfacer sus deseos sexuales llevó a cabo los hechos.

Hace tres años cuando la primera víctima estaba limpiando dichas instalaciones deportivas, el condenado, aprovechando que no había nadie en las mismas, se acercó a ella, cuando esta limpiaba las duchas existentes en los vestuarios, y mientras la decía " vaya tetas que tienes" le desabrochó los botones de la camisa y le comenzó a tocar los pechos, hasta que ella le dijo que le dejase en paz, si bien el acusado le comentó que no dijera nada de lo sucedido.

Seis meses después del hecho anterior cuando la misma mujer estaba limpiando el gimnasio se acercó a ella el acusado y la volvió a tocar los pechos, pidiéndole que cesase en su actitud.

Otro día en que ella estaba en la oficina que hay a la entrada del área deportiva, lugar que utiliza para comer el bocadillo o descansar, entró el condenado  y aprovechando que la mujer hablaba por teléfono le tocó los pechos y le bajó los pantalones para tocarle en la zona de los órganos genitales.

El día 27 de de julio de 2020 sobre las 9.00, cuando ella estaba limpiando en la zona de los vestuarios existentes en el área deportiva, entró el  autor e los hechos y le volvió a tocar los pechos, diciéndole ella que parase a lo que el acusado le contestó que fuera con él a fumar un cigarro fuera. Como consecuencia de los hechos anteriores la empleada pidió un cambio de centro de trabajo, en concreto a las piscinas del Centro Hispánico, si bien tuvo que volver al lugar donde sucedieron los hechos por problemas de alergia.

El procesado movido por un ánimo de satisfacer sus deseos sexuales protaonizó hechos similares a los anteriores con una segunda mujer. El día 27 de julio de 2020, quedó el acusado con la segunda víctima para que esta fuera a limpiar un apartamento sito en el centro de León y, una vez en dicho inmueble y cuando ambos subían por las escaleras, el acusado le tiró de las bragas y le dio palmadas en el culo, una vez dentro del inmueble le tocó los pechos, ante lo cual ella le apartó las manos al condenado.

El 28 de julio de 2020 la segunda víctima volvió al citado inmueble para acabar de limpiarlo siendo acompañada por el acusado, el cual volvió a tocarle el pecho en varias ocasiones, procediendo ella a quitarle la mano, marchándose del piso el varón, que volvió sobre las 19.00 horas para llevar a la mujer a su domicilio y cuando esta estaba sentada en el interior del inmueble se aproximó a ella el acusado, se tiró sobre ella, le agarró de los pechos y bajándole la camiseta procediendo a chuparle en los pechos y morderle en el pecho izquierdo, mientras que le tocaba en la zona de los genitales, para lo cual agarraba fuertemente de las muñecas a la joven.

Como consecuencia de los hechos descritos, la víctima tuvo lesiones consistentes en equimosis en mama izquierda, hematoma en resolución, varios hematomas en muslo derecho y pierna derecha, dos hematomas en resolución en muñeca izquierda cara volar, para cuya sanidad precisó tan solo una primera asistencia facultativa e invirtió diez días de perjuicio básico.

Los anteriores hechos relatados son constitutivos de dos delitos continuados de abusos sexuales y un delito de lesiones, por los que se ha decretado una pena de dos años de prisión para el primer caso, con una medida de libertad vigilada durante tres años, y prohibición  de aproximarse a la primera víctima durante cuatro años. Por el segundo, se han impuesto otros dos años de prisión  y la prohibición de comunicarse con la segunda víctima, por cualquier medio de comunicación o medio durante cuatro años. Por el delito de lesiones se exigen dos meses de multa con una cuota diaria de seis euros (360 euros). Además se fija una indemnización de 3.000 euros para la primera víctima  y 2.000 para la segunda.

La defensa niega la autoría de los hechos y los atribuía la acusación a una venganza por no conceder al marido de una de las víctimas un puesto de trabajo en la Cultural. Finalmente ha pactado un acuerdo de conformidad que evita su ingreso en prisión.

tracking