Recupera 37.000 euros de una tarjeta por la que estaba luchando desde 1995

La Audiencia determina que el interés del 27% que le estaban cobrando es usurario

Una tarjeta de crédito. AGENCIAS

León

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La Audiencia Provincial ha condenado a una entidad bancaria a devolver 37.000 euros a un cliente que tuvo que pagar unos intereses desorbitados por una tarjeta de la que no podía librarse desde 1995. El beneficiario contó con el asesoramiento legal de Freire Vicente Abogados.

La sentencia dictada en primera instancia estima la demanda y declara la nulidad por usurario del contrato de tarjeta celebrado entre las partes en mayo de 1995, «pues el interés fijado del 26,82% TAE considera que es notablemente superior al normal del dinero tomando como parámetro comparativo los intereses de las operaciones de crédito al consumo y los tipos estimados en el informe pericial aportado con la contestación a la demanda para el año 2003 más próximo del que se dispone, sin que se haya justificado la concurrencia de circunstancias excepcionales que expliquen la estipulación de tal interés», explica la Audiencia.

Desproporcionado

A unos intereses inusualmente altos se les habían añadido además otras 30 décimas

la sentencia apelada con datos que no han sido cuestionados en el recurso fija el momento de celebración del contrato de tarjeta en mayo de 1995 y la TAE en un 26,82%.

Por lo tanto, y en atención a lo subrayado en la sentencia, este porcentaje excede en más de seis puntos de la TAE correspondiente a junio del 2010 para las tarjetas de crédito revolving (TEDR del 19,32% incrementada en 20 o 30 centésimas), que se ha establecido como criterio jurisprudencial uniforme para determinar el carácter usurario del interés remuneratorio convenido en esta modalidad de contrato de crédito anterior a junio de 2010.

interés superior

Así pues, el interés fijado es usurario por notablemente superior al normal para este tipo específico de operaciones, luego procede desestimar el recurso de apelación y confirmar la resolución recurrida.

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El afectado ha visto satisfechas al fin sus pretensiones después de una batalla legal especialmente larga que ha comprendido numerosos episodios, ahora finalmente validados por la Audiencia Provincial de León con su fallo.