Justicia
Anular el régimen de visitas y actuar de oficio son los objetivos
El decano de los abogados de León, Fernando Rodríguez Santocildes, propone endurecer la normativa

Sala de vistas de los juzgados de León.
La violencia económica contra los menores «exigiría una modificación normativa tanto desde el punto de vista penal como procesal pena en primer lugar considerando que el delito de impago de pensiones pueda ser perseguible de oficio sin necesidad de denuncia previa como establece el actual artículo 228 del Código Penal», explica el decano de los abogados de León, Fernando Rodríguez Santocildes, también penalista como especialidad jurídica.
«Por otro lado considero que la violencia económica y el impago de alimentos debería incluirse dentro de aquellos supuestos previstos en el articulo 94 del Código Civil como causa de suspensión del régimen de visitas, pues a día de hoy el hecho de que un individuo se encuentre sujeto a un procedimiento por dicha infracción no necesariamente debe conllevar la suspensión del régimen de visitas», explica del decano de León.
ORDEN DE PROTECCIÓN
«En tercer lugar los delitos contra las relaciones familiares, entre los que se incluyen el impago de pensiones no aparecen incluidos en el artículo 544 ter de la Ley Enjuiciamiento Criminal a los efectos de motivar orden de protección». señala el abogado.
«Estas modificaciones, a mi juicio parecen necesarias y serían acordes a lo establecido en el Convenio de Estambul, ratificado por España, y Estrategia estatal para combatir las violencias machistas 2022-2025», según destaca el máximo responsable del Colegio de la Abogacía de León en la actualidad.