Diario de León


Llega a León el asesino de Manuela Chavero en 2016 con prisión revisable

La Audiencia de Badajoz condenó a Eugenio Delgado por matar a su vecina y ocultarla cuatro años; fue asistido por un abogado no colegiado al que conocía

Finca donde fue encontrado el cuerpo sin vida de Manuela Chavero en el término municipal de Monesterio, en Badajoz.

Finca donde fue encontrado el cuerpo sin vida de Manuela Chavero en el término municipal de Monesterio, en Badajoz.EFE

Miguel Ángel Zamora
León

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Eugenio Delgado Helguera, condenado a prisión permanente revisable por el asesinato en Extremadura de Manuela Chavero, ha llegado a Villahierro para cumplir la pena de prisión permanente revisable, impuesta por la Audiencia Provincial de Badajoz. El recluso cumple la pena tras tener el cadáver de la víctima enterrado en una finca de su propiedad durante casi cuatro años. Según quedó probado en el juicio, sobre las 02.15 horas del 5 de julio de 2016, Eugenio Delgado se dirigió a la vivienda de la víctima tras observar que Manuela Chavero, de 42 años, se encontraba sola, con las luces encendidas, dentro de la casa sin haberse acostado aún.

La mujer estaba divorciada. Como se conocían desde hacía años al ser vecinos y con la excusa de devolverle una cuna que Manuela le había prestado un año antes, el asesino consiguió que le acompañara hasta su vivienda, ubicada en la misma calle a 80 metros. La víctima salió de su vivienda con la finalidad de recoger una cuna y volver inmediatamente a su domicilio, por lo que dejó una lámpara encendida en el salón, la luz de la cocina y la televisión encendidas y dejó también su móvil, el bolso y las llaves. Fue en la localidad pacense de Monesterio.

Sin embargo, y «sin contar con el consentimiento de ella, el acusado la abordó sexualmente en forma no exactamente determinada», según la sentencia y a continuación, y «con la finalidad de aumentar deliberada e inhumanamente el sufrimiento de la mujer», el hombre le propinó diversos golpes que le causaron graves lesiones y que le provocaron, según remarca el fallo judicial, «padecimientos innecesarios en orden a la consecución del resultado letal sumamente doloroso para la víctima», causándole de una manera «intencionada y deliberadamente» la muerte a la mujer. La sentencia, en los fundamentos de derecho, determinó que entre el acusado y la persona que le asistió cuando fue detenido «existía una estrecha relación con fines de asesoramiento jurídico, lo que acredita que la condición de abogado del mismo se encuentra al margen de duda». Que no estuviera colegiado, «tampoco determina la declaración de nulidad, por inexistencia de indefensión». Ahora deberá de cumplir el resto de la condena en la penitenciaría de Mansilla de las Mulas.

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