Así puedes deducir los gastos de la guardería en el IRPF
El límite máximo será de 1.320 euros por gastos en escuelas, centros o guarderías

Según la Asociación Española de Asesores Fiscales, AEDAF, en Castilla y León es posible deducir tanto los gastos de guardería como los ocasionados por dejar a los hijos menores al cuidado de una persona empleada del hogar. Igualmente se podrá deducir parte de las cuotas satisfechas a la Seguridad Social de las personas empleadas del hogar.
Así, las familias podrán optar por deducirse:
• Bien, el 30% de las cantidades satisfechas a la persona empleada del hogar, o
• El 100% de los gastos satisfechos por preinscripción y de matrícula, así como los gastos de asistencia en horario general y ampliado y los gastos de alimentación, siempre que se hayan producido por meses completos, en escuelas infantiles, centros y guarderías infantiles de la Comunidad de Castilla y León, inscritas en el registro de centros para la conciliación de la vida familiar y laboral.
En caso de que el contribuyente tenga derecho al incremento de la deducción estatal por maternidad, el importe de ésta minorará la cuantía de la deducción autonómica y el límite de 1.320 euros se verá reducido en la cantidad a la que el contribuyente tuviera derecho por la deducción estatal.
El límite máximo será de 322 euros por gastos de empleada de hogar o de 1.320 euros por gastos en escuelas, centros o guarderías.
Por último, en cuanto al personal contratado para las tareas del hogar, es deducible el 15% de las cuotas satisfechas a la Seguridad Social de un trabajador incluido en el Sistema Especial de Empleados de Hogar del Régimen General, hasta 300 euros, para familias con hijos menores de 4 años.