Diario de León

Las 300 reclamaciones por plusvalías en León tienen un mes más de plazo

El Tribunal Supremo fija fecha tope en el 26 de octubre y pone en juego cerca de un millón de euros

Las plusvalías podrán reclamarse hasta el 26 de octubre.

Las plusvalías podrán reclamarse hasta el 26 de octubre.DL

Miguel Ángel Zamora
León

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El Tribunal Supremo habilitará casi cinco semanas más de plazo, hasta el día 26 de octubre, el periodo hábil para reclamar los cobros indebidos del Impuesto Sobre el Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, las llamadas plusvalías, que se declaran ilegales cuando el importe del impuesto supera el beneficio que se ha obtenido con la transacción. En León hay alrededor de 300 reclamaciones pendientes por este concepto, que factura alrededor de un millón de euros para las arcas municipales.

Hasta ahora, se entendía que solo podían reclamar quienes tenían un proceso judicial abierto en esa fecha. Sin embargo, el Alto Tribunal ha dictaminado que los contribuyentes que habían agotado la vía administrativa, pero aún estaban dentro del plazo para acudir a la justicia pueden reclamar la devolución del impuesto.

INSTANCIA

Ya el pasado verano el Procurador del Común había instado al gobierno municipal a modificar su decisión de cobrar el Impuesto de Bienes Inmuebles a terrenos que estaban considerados como rústicos y a los que se les aplicaba la consideración fiscal de urbanizados contra la norma legal. La recomendación de Tomás Quintana se adoptaba «para no vulnerar su derecho de capacidad económica al gravar una riqueza inexistente o ficticia». Fue en un dictamen conocido el pasado mes de julio.

En dos sentencias paralelas, el Supremo daba también la razón a empresas cuyos recursos fueron rechazados por el Tribunal Económico-Administrativo de sus comunidades autónomas. Según el Supremo, mientras siga abierto el plazo para presentar un recurso contencioso-administrativo, «la liquidación no es firme y no puede considerarse una situación consolidada». Los magistrados advierten que interpretar lo contrario «supondría restringir de forma injustificada el derecho a la tutela judicial efectiva». Además, el texto critica que el Constitucional no haya justificado de forma debida por qué fijó como fecha límite el 26 de octubre y no la publicación de la sentencia en el BOE, en noviembre, un mes más tarde.

Ambos fallos, contra la norma habitual, cuestionan la interpretación extensiva de las «situaciones consolidadas» fijada por el Constitucional. Según el Supremo, debe prevalecer el derecho de los contribuyentes a recuperar lo pagado en virtud de un impuesto declarado inconstitucional. Fue por una sentencia previa ya conocida. La decisión refuerza la línea del Supremo y reactiva reclamaciones anteriormente cerradas por el Tribunal Constitucional.

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