Diario de León

Coches de menos de 12 años, sin ropa de deporte y cabeza descubierta: estos son las condiciones para ser taxista en León

-El gobierno municipal prevé recaudar cerca de un millón de euros por las nuevas licencias de taxi 
-Un año después del aviso, ejecuta la medida que dejó en suspenso en febrero

Un taxi en el centro de León.

Un taxi en el centro de León.FERNANDO OTERO

Álvaro Caballero
León

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Aunque hace un año se despachó con el aviso de que «menos de una docena» no tenían «sentido» y, en la primavera pasada, de pronto paralizó la iniciativa porque las medidas de reorganización funcionaban, el alcalde de León, José Antonio Diez, sacará al final 10 nuevas licencias de taxi. Ni una más, como defendió que le reclamaban los vecinos, ni una menos, como exigían los taxistas. Por el momento, se quedarán en una decena, de acuerdo a un sistema concesional de puja al mejor postor con el que el Ayuntamiento de la capital leonesa espera sacar como mínimo un millón de euros, a razón de 100.000 euros por cada nuevo permiso, a la vez que se reordenará el mapa de paradas.

Las nuevas licencias, como se aprestó a publicitar el equipo de gobierno socialista, atenderán a «un servicio para el que existe una amplia demanda en la capital leonesa a la que el Ayuntamiento de León da respuesta». En la actualidad, como detallaron, existen «179 licencias de taxi», lo que presenta «una ratio de 1,46 licencias de taxi por cada 1.000 habitantes», por encima del parámetro de una por cada millar, como marca la UE y defendían los taxistas leoneses.

El concurso de subasta se reparte en dos bloques. En el primero se sacarán 5 licencias de «vehículos Eurotaxi, es decir, adaptados a personas con movilidad reducida», de los que ahora sólo hay 7, como especificaron desde el consistorio, que apostilló que «en estos el espacio destinado a la silla de ruedas podrá ser ocupado por asientos siempre que sea posible llevar a cabo el cambio de configuración por el conductor entre servicios consecutivos». Las otras cinco quedarán para «turismos con capacidad mínima de cinco plazas y máxima de nueve, incluida la del conductor», con el ánimo de aumentar un sector en el que sólo 27 coches tienen entre siete y nueve plazas.

La decisión de sacar el concurso, cuyas condiciones de concesión se aprobarán este viernes, pero no estará ejecutado como pronto hasta el primer trimestre de 2026, cierra el periodo de prueba que había dado el Ayuntamiento de León a los taxistas. En febrero, el gobierno municipal y el sector pactaron la reactivación de 15 licencias que estaban en desuso para contar con más vehículos en la calle. El acuerdo, en el que los profesionales demandaron la libertad para no descansar por decreto en fines de semana y festivos, sirvió para «la mejora de los turnos de trabajo, el refuerzo del servicio en las estaciones de tren y autobuses, así como la anulación de descansos en periodos de alta demanda, como son las fiestas, la Navidad, los actos deportivos u otros eventos, a fin de mejorar la calidad de la prestación del servicio de taxi en la ciudad de León», como recordaron desde el consistorio, que cifra, «entre otras mejoras, el incremento de 15 vehículos en fin de semana y el refuerzo del número de vehículos diarios incrementado en 9».

Pero parece que no sirve con esta adecuación, conforme a la decisión de sacar las nuevas licencias que le reportarán a las arcas municipales cerca de un millón de euros. Para la mejora del servicio, como se recoge en la nueva ordenanza del taxi que se aprobará en paralelo, «en el plazo de un año desde la entrada en vigor» de la normativa se elaborará «un estudio técnico de adecuación de las paradas a la realidad territorial de la ciudad, y su ajuste a las necesidades actuales a fin de determinar su eficiencia, con la finalidad de potenciar la presencia de los vehículos de taxi en aquellas paradas esenciales distribuidas por los distintos barrios de la ciudad».

Los requisitos

Las 10 nuevas licencias que sacará a concurso las acompaña el Ayuntamiento de León con una nueva ordenanza para el taxi. La normativa ordena el funcionamiento del sector, marca obligaciones, recoge la necesidad de aprobar un examen para tener el permiso municipal obligatorio, tipifica las sanciones y establece la necesidad de un calendario.

Nuevo mapa de paradas. En el plazo de un año desde la entrada en vigor de la Ordenanza se elaborará por la administración municipal un estudio técnico de adecuación de las paradas a la realidad territorial de la ciudad, y su ajuste a las necesidades actuales a fin de determinar su eficiencia, con la finalidad de potenciar la presencia de los vehículos de taxi en aquellas paradas esenciales distribuidas por los distintos barrios de la ciudad.

A quién se puede transmitir la licencia. Las licencias de taxi serán transmisibles «por fallecimiento del titular, a favor del cónyuge o situación jurídica asimilada legalmente, o de quienes resulten sucesores a título de herencia o legado; por jubilación; por incapacidad permanente total para la profesión habitual de taxista, por incapacidad permanente absoluta y por gran invalidez; por acuerdo de transmisión inter vivos siempre que la persona transmitente haya sido titular en activo de la licencia durante al menos un período de cinco años inmediatamente anterior a la solicitud de autorización de la transmisión; por disolución o liquidación de la sociedad en el supuesto de que una persona jurídica sea la titular de la licencia; por retirada definitiva del permiso de conducir; y por cualquier otra causa de fuerza mayor debidamente motivada».

No podrán estar más del 5% a la vez de excedencia. El titular de una licencia de taxi podrá solicitar el pase a la situación de excedencia, que deberá ser concedida por el Ayuntamiento de León, siempre que ello no suponga un deterioro grave en la atención global del servicio. A tal efecto, no podrán encontrarse en situación de excedencia simultáneamente más del cinco por ciento (5%) de las licencias de taxi existentes en el municipio. Las excedencias se concederán por plazo mínimo de un año y máximo de cinco años.

Perderán la licencia si paran más de 30 días seguidos o 60 alternos al año, a mayores de las vacaciones y descansos. Se le revocará la licecia si deja de prestar el servicio al público durante 30 días naturales consecutivos o 60 días naturales alternos durante el período de un año, salvo que se acrediten razones justificadas y por escrito ante el órgano municipal competente. No está comprendido en este cómputo de tiempo los descansos no remunerados ni el tiempo de vacaciones anuales.

Vehículos con cuatro puertas mínimo, climatización y sin alerones. La ordenanza regula las condociones de los vehículos. Entre ellas figuran «estar provisto de carrocería cerrada con un mínimo de 4 puertas de fácil acceso y funcionamiento que permitan la maniobra con suavidad»; contar con «un adecuado equipo de climatización»; y hallarse «en perfecto estado de limpieza interior y exterior; además de que «no se admite la instalación de accesorios como spoilers, alerones o elementos similares».

No podrán tener más de dos años los coches en las nuevas licencias. El vehículo que se pretenda adscribir a una nueva licencia no podrá tener una antigüedad superior a dos años a contar desde su primera matriculación.

Como máximo con 12 años de antigüedad. Los taxis tendrán como máximo de doce años desde la primera matriculación. Las licencias que a la entrada en vigor de la ordenanza tenga adscrito un vehículo de una antigüedad superior a los 12 años podrán seguir prestando el servicio durante dos años más, hasta que tenga una antigüedad máxima de 14 años. Los permisos con coches que ya superen los 14 años al entrar en vigor la normativa tendrán un plazo de adaptación de 6 meses.

Taxímetros a disposición del Ayuntamiento. Los titulares de las licencias estarán obligados a facilitar, a requerimiento del Ayuntamiento de León, los datos de los totalizadores de los taxímetros de los vehículos taxi y cualesquiera otros datos relacionados con la explotación, necesarios para la ordenación del servicio.

Sin publicidad de juego, ni que «incite a la prostitución». Específicamente se prohíbe la publicidad que atente contra los derechos humanos, que incite o estimule la práctica del juego o apuestas, así como la publicidad sexista, que atente contra los derechos de las personas o que incite o favorezca la prostitución.

El titular prestará el servicio, pero podrá tener dos asalariados a jornada completa y exclusiva. Los titulares de licencias de taxi «habrán de prestar el servicio personalmente» y realizarán «las labores de conducción con plena y exclusiva dedicación a la actividad, sin perjuicio de la posibilidad de poder contratar un máximo de dos personas conductoras asalariadas para una mejor explotación de la licencia». Estos asalariados deben estar inscroitos «en el régimen de la Seguridad Social que corresponda a jornada completa y dedicación exclusiva».

Deberán pasar un examen para tener el permiso. Para ejercer la actividad de conductor de vehículos de taxi «se requerirá ser titular del permiso municipal de conducción en vigor expedido por el Ayuntamiento de León». Para lograrlo deben pasar un examen, en el que se les evaluará sobre «medio físico, ubicación de oficinas públicas, centros oficiales, hoteles principales y lugares de ocio y esparcimiento de masas y los itinerarios más directos para llegar a los puntos de destino». Además, se les preguntará sobre conocimientos de «la ordenanza, de la normativa autonómica reguladora de transporte público urbano en automóviles de turismo y de las tarifas aplicables; básico de la lengua castellana; y básicos de mecánica y elementos del vehículo. La renovación del permiso regulado en el presente capítulo se producirá cada diez años.

Elección libre, salvo en las paradas, que va por orden. La elección de taxi por el usuario será libre, salvo que la concertación se produzca en las paradas establecidas por el Ayuntamiento de León, en cuyo caso se efectuará por orden de estacionamiento.

No se podrá coger taxi a menos de 50 metros de una parada. Ningún taxi podrá ser contratado a una distancia inferior a 50 metros de una parada donde existan vehículos libres salvo el caso de personas con diversidad funcional o con equipajes o bultos. En estaciones de autobús o tren, la espera y recogida de viajeros se hará siempre en los puntos de parada señalizados.

Obligación de ir a la parada, pero sin estar en doble fila. El vehículo taxi «está obligado a concurrir diariamente a la parada para la prestación del servicio de su clase de manera que aquellas se encuentren en todo caso debidamente atendidas», se apunta el normativa, que avisa de que «por la autoridad municipal se vigilará». No se podrá estacionar «en la parada superando la capacidad de la misma, ni en doble fila».

Calendario anual. Los días de descanso y los periodos vacacionales se distribuirán de manera que quede suficientemente garantizada la continuidad del servicio. Los titulares «facilitarán al Ayuntamiento de León un cuadrante conjunto con los días de descanso semanales, y vacaciones, para su aprobación en el mes de octubre del año en curso y tendrá vigencia en el período anual siguiente». «En caso de que no hubiera acuerdo entre titulares, lo establecerá la administración. En ningún caso podrán descansar simultáneamente más de un 25% del total de licencias».

Refuerzos voluntario en las estaciones y en los descansos. Para atender en condiciones de suficiencia las estaciones de tren y autobuses, «aquellos a los que les corresponda, según el régimen general de descanso, efectuar el descanso entre semana o de fin de semana podrán de forma voluntaria prestar servicio de refuerzo en las infraestructuras de transporte reseñadas». Además, en toda la ciudad, «aquellos titulares de licencia a los que les corresponda, según el régimen general de descanso, efectuar descanso de fin de semana podrán, de forma voluntaria, prestar servicio de refuerzo el día correspondiente al de su descanso entre semana».

En fiestas y eventos podrán no descansar todos los que quieran. En supuestos específicos de alta demanda que requieran una especial respuesta en materia de movilidad, «tales como fiestas, locales, autonómicas o nacionales, Navidad, Semana Santa, eventos extraordinarios de carácter artístico, cultural, musical, lúdico o deportivo, el régimen general de descanso no será de aplicación obligatoria, pudiendo prestar servicio todos aquellos titulares de licencia de taxi que voluntariamente así lo consideren».

Código de vestimenta y obligaciones de los conductores. Deberán «cuidar su aseo y la vestimenta». «A estos efectos se deberá seguir el siguiente código de vestimenta: camisa o polo; pantalón largo o falda; jersey, chaleco o chaqueta; y calzado cerrado». «El servicio se hará con la cabeza al descubierto y queda prohibida la utilización de ropa de deporte».

El pasajero podrá pedir que se quite la radio. El usuaruio del teaxi podrá reclamar al conducto que «suba o baje el volumen de la radio y de otros aparatos de imagen y sonido que pudieran estar instalados en el vehículo o apague los mismos».

Multas de 100 a 18.000 euros. Incumplir obligaciones de la ordenanza implicará sanciones: leves, de 100 a 400 euros; graves, de 401 a 1.000 euros; y muy graves, de 1.001 a 6.000 euros. Podrán llegar a 18.000 euros «las infracciones muy graves cuando el responsable de las mismas ya hubiera sido sancionado, mediante resolución firme en vía administrativa, por la comisión de cualquier otra infracción muy grave».

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