Elecciones 15-M
Cómo se hace el recuento de votos en las elecciones a las Cortes de Castilla y León del 15-M
Los interventores y apoderados (representantes de los partidos) pueden vigilar todo el proceso, formular protestas si detectan irregularidades y firmar el acta si están conformes

Las elecciones de Castilla y León se celebran el 15-M
El recuento de votos (o escrutinio) es una de las fases más delicadas y transparentes del proceso electoral. En las elecciones autonómicas del 15 de marzo de 2026, se divide en dos niveles principales: el inicial en cada mesa electoral (al cierre de los colegios) y el escrutinio general posterior a cargo de las Juntas Electorales Provinciales. Todo se rige por la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) (arts. 103 a 108) y la Ley Electoral de Castilla y León (LECyL).
Al finalizar la votación a las 20:00 horas, la mesa electoral (presidencia + dos vocales, con la presencia obligatoria de interventores y apoderados de las candidaturas) procede al escrutinio de mesa:Se abren las urnas y se extraen todas las papeletas una a una.
Cada papeleta se lee en voz alta por la presidencia de la mesa.
Se clasifican en tres categorías:
- Votos válidos: aquellos que apoyan claramente a una candidatura (incluyendo votos a candidaturas concretas).
- Votos en blanco: papeletas sin marca o con sobre sin papeleta (se computan como válidos para determinar el reparto de escaños, según art. 42.3 LECyL).
- Votos nulos: papeletas con varias marcas, tachaduras, mensajes, sobres distintos o cualquier alteración que impida identificar la voluntad del votante.
Los interventores y apoderados (representantes de los partidos) pueden vigilar todo el proceso, formular protestas si detectan irregularidades y firmar el acta si están conformes.
La mesa elabora el acta de escrutinio de mesa, donde se anotan los votos por candidatura, en blanco, nulos y totales, además de cualquier incidencia (ej. votos impugnados o problemas durante el conteo).
Una vez firmado el acta (y entregadas copias a interventores/apoderados), se precintan las urnas con el material electoral y se remite todo a la Junta Electoral Provincial correspondiente.
Este recuento en mesa es público y se realiza inmediatamente después del cierre, por lo que los resultados parciales suelen conocerse esa misma noche a través de los avances oficiales.2. El escrutinio general (del 20 al 23 de marzo de 2026)El recuento definitivo no lo hacen las mesas, sino las Juntas Electorales Provinciales (una por provincia: Ávila, Burgos, León, Palencia, Salamanca, Segovia, Soria, Valladolid y Zamora). Comienza el quinto día después de la votación (20 de marzo) y debe concluir a más tardar el octavo día (23 de marzo como máximo):Se revisan y suman todas las actas de las mesas electorales de la provincia.
Se incorporan los votos por correo (CERA y CEREA, si proceden) y se verifica la coherencia de los datos.
Se resuelven posibles incidencias recogidas en las actas (ej. discrepancias numéricas o protestas).
El resultado provincial determina los procuradores electos por circunscripción (provincia), aplicando el sistema D'Hondt y considerando votos válidos + en blanco para el reparto.
Reclamaciones, proclamación y publicación
Interventores, apoderados y representantes tienen un día para presentar reclamaciones o protestas (solo sobre incidencias que figuren en las actas).
La Junta Electoral Provincial resuelve en un día; si hay recurso, se eleva a la Junta Electoral de Castilla y León, que lo resuelve rápidamente (plazos de 1-2 días).
Tras resolver todo, las Juntas Provinciales proclaman a los procuradores electos (máximo el 1 de abril de 2026).
La Junta Electoral de Castilla y León publica los resultados generales y por provincia en el Boletín Oficial de Castilla y León (BOCyL) en un plazo de 40 días tras la proclamación (máximo 11 de mayo de 2026).
Claves para entender el sistemaTransparencia total: interventores y apoderados vigilan en cada fase; el proceso es público.
Votos en blanco cuentan para escaños: a diferencia de algunas elecciones, en Castilla y León los blancos se suman a los válidos para el reparto (art. 42.3 LECyL).
Manual de instrucciones: la Junta Electoral aprobó un manual específico para mesas (Acuerdo 4/2026) que detalla paso a paso el recuento en mesa, incluyendo cómo cumplimentar actas y gestionar incidencias.
El recuento no es solo un conteo numérico: es el momento en que se convierten los votos en representación real en las Cortes. Gracias a los controles cruzados y plazos estrictos, el proceso garantiza fiabilidad y rapidez en los resultados de las elecciones del 15-M.