Diario de León

El truco de la Seguridad Social que suma hasta 270 días y casi nadie pide

Miles de familias desconocen esta ventaja del sistema público tras tener hijos, pero el INSS impone condiciones muy estrictas

Los hijos mejoran la futura pensión de jubilación

Los hijos mejoran la futura pensión de jubilaciónJuan Pablo Serrano Arenas / Pexels

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Cada año, miles de familias en España pierden la oportunidad de mejorar su futura pensión de jubilación por desconocer un mecanismo que la Seguridad Social pone a disposición de los progenitores. Se trata de un beneficio que permite sumar hasta 270 días de cotización ficticia por cada hijo, una medida diseñada específicamente para compensar las interrupciones laborales derivadas de la maternidad o paternidad.

A pesar de su potencial impacto en la cuantía final de las prestaciones, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) no aplica esta ventaja de forma automática. Los interesados deben solicitarlo expresamente y cumplir con una serie de condiciones muy específicas que, en muchos casos, resultan desconocidas para la mayoría de los trabajadores.

La medida, conocida técnicamente como beneficio por cuidado de hijos o menores, busca evitar que las pausas profesionales relacionadas con la crianza penalicen el historial contributivo de quienes deciden formar una familia. Sin embargo, la complejidad de sus requisitos y la falta de difusión convierten este derecho en uno de los secretos mejor guardados del sistema de pensiones español.

Condiciones que debe cumplir el solicitante

Para acceder a esta cotización adicional, el progenitor debe haber interrumpido su actividad laboral o dejado de percibir la prestación por desempleo debido al nacimiento, adopción o acogida de un menor. Esta interrupción no puede haberse producido en cualquier momento, sino que debe encajar en una ventana temporal muy concreta.

La Seguridad Social establece que la brecha laboral debe situarse entre los nueve meses anteriores al nacimiento del hijo (o tres meses en caso de adopción o acogimiento) y los seis años posteriores a dicha situación. Fuera de este marco temporal, no se reconoce el derecho a los días adicionales.

Otro aspecto crucial es que el número de días concedidos nunca superará los que realmente duró la interrupción laboral. Si la pausa profesional fue de 150 días, solo se reconocerán esos 150 días, aunque el máximo legal sea de 270. Esta limitación sorprende a muchos solicitantes que esperaban beneficiarse del tope completo independientemente de su situación real.

Además, este derecho únicamente se reconoce a uno de los dos progenitores por el mismo hijo. En situaciones de desacuerdo, la normativa suele dar preferencia a la madre, aunque esto puede negociarse entre ambas partes antes de presentar la solicitud ante el INSS.

Las restricciones que debes conocer antes de solicitarlo

Uno de los aspectos más importantes, y también más decepcionantes para algunos beneficiarios, es que estos días de cotización ficticia no computan para alcanzar el periodo mínimo de carencia exigido en España. Para acceder a una pensión contributiva de jubilación, se requieren 15 años cotizados de forma efectiva, y los días por cuidado de hijos no sirven para completar ese requisito básico.

Entonces, ¿para qué sirven realmente? Su utilidad principal radica en mejorar el porcentaje de la base reguladora que determina la cuantía final de la pensión. También pueden resultar útiles para alcanzar los años de cotización necesarios para acceder a modalidades de jubilación anticipada, donde cada día cuenta.

Si una familia tiene varios hijos, los periodos pueden acumularse entre todos ellos. Por ejemplo, tres hijos permitirían sumar hasta 810 días en total. Sin embargo, la legislación impone un tope máximo absoluto de cinco años (1.825 días) acumulados por beneficiario, sumando todos los hijos y las excedencias por cuidado de familiares.

Además, es importante saber que estos días se computan basándose en la base mínima de cotización del régimen laboral que correspondía al trabajador en ese momento, lo que puede limitar su impacto real en la pensión final.

Procedimiento para reclamar este derecho

A diferencia de otras prestaciones, este beneficio no se aplica automáticamente al informe de vida laboral del ciudadano. La Seguridad Social no realiza verificaciones de oficio, por lo que es imprescindible que el interesado inicie los trámites formales.

Generalmente, la solicitud se presenta en el momento de pedir la jubilación ante el INSS, aunque técnicamente podría tramitarse antes. Los canales disponibles incluyen la Sede Electrónica de la Seguridad Social, accesible mediante certificado digital o sistema Cl@ve, y la atención presencial en cualquier Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) previa cita.

En cuanto a la documentación necesaria, es imprescindible aportar el Libro de Familia o la partida de nacimiento para acreditar la filiación. También se requiere el informe completo de vida laboral que demuestre claramente el periodo en el que se produjo la interrupción de la actividad profesional o de la percepción del desempleo.

Impacto real en el sistema de pensiones español

Según datos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, menos del 40% de los potenciales beneficiarios solicita efectivamente este complemento cuando tramita su jubilación. El desconocimiento generalizado sobre su existencia y la complejidad burocrática son las principales barreras que impiden un mayor aprovechamiento de esta medida.

Expertos en derecho laboral recomiendan a las familias revisar detenidamente su informe de vida laboral antes de solicitar la pensión y consultar con un asesor especializado si han tenido interrupciones laborales relacionadas con la crianza. En muchos casos, estos 270 días adicionales por hijo pueden marcar la diferencia entre acceder o no a determinadas modalidades de jubilación anticipada, o incrementar sensiblemente el importe mensual de la prestación.

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