Diario de León

El Gobierno declara once zonas de León afectadas por emergencias de protección civil

El Consejo de Ministros ha declarado este martes zonas afectadas gravemente por una emergencia de protección civil los territorios perjudicados por 112 episodios adversos registrados en catorce comunidades autónomas entre el 27 de julio y el 31 de agosto de 2026

Peio García

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León

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El Consejo de Ministros, en su reunión de este martes, ha declarado zonas afectadas gravemente por una emergencia de protección civil los territorios perjudicados por 112 episodios adversos registrados en catorce comunidades autónomas entre el 27 de julio y el 31 de agosto de 2026, decisión que habilita a los distintos departamentos ministeriales a poner en marcha distintas líneas de ayuda para compensar los perjuicios sufridos por personas o instituciones.

En el periodo fijado en el acuerdo del Consejo de Ministros, y entre las distintas emergencias incluidas, destaca de manera singular la serie sísmica que afectó a la provincia de Granada durante el mes de agosto, grave tanto por su persistencia temporal como por la preocupación generada entre la población y las administraciones competentes.

Asimismo, el acuerdo incluye los distintos incendios forestales registrados en las comunidades autónomas de Andalucía, Aragón, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Comunidad de Madrid, Comunidad Foral de Navarra, Comunitat Valenciana, Extremadura, Galicia, Illes Balears, La Rioja y Región de Murcia.

El listado que figura más abajo incluye determinados incendios forestales que se produjeron con anterioridad al período comprendido entre el 27 de julio y el 31 de agosto de 2026, pero cuyas situaciones operativas fueron comunicadas al Centro Nacional de Emergencias (CENEM) durante dicho intervalo temporal.

Es el caso de un incendio iniciado el 26 de junio y de diversos incendios iniciados entre los días 15 y 24 de julio de 2026, cuya comunicación oficial fue recibida con posterioridad y dentro del período de referencia. Su consideración permite incorporar de forma completa las emergencias objeto de seguimiento y coordinación por parte del Sistema Nacional de Protección Civil durante el ámbito temporal fijado.

También recoge el acuerdo diversos fenómenos meteorológicos adversos, entre los que sobresalen episodios de altas temperaturas, lluvias intensas e inundaciones que afectaron sobre todo a Cataluña y, en menor medida, a Castilla y León.

Junto a estos fenómenos, se registraron otros incidentes de especial relevancia para la protección civil, como el incendio ocurrido en la línea 1 del Metro de Barcelona, la interrupción temporal de las comunicaciones del servicio de emergencias 112 de Cataluña como consecuencia de las fuertes lluvias, la activación de una situación de prealerta por riesgo de contaminación marina derivada de la vía de agua sufrida por una embarcación pesquera en Gran Tarajal, así como diversos accidentes con sustancias peligrosas en instalaciones ubicadas en las provincias de Barcelona, Albacete, Huesca y Las Palmas.

Ayudas complementarias

Todos estos sucesos han producido daños personales, en infraestructuras y en bienes públicos y privados, que justifican la intervención de la Administración General del Estado desde el principio de solidaridad interterritorial y de manera subsidiaria a las actuaciones que, en ejercicio de sus competencias, tienen encomendadas las administraciones públicas territoriales.

Las ayudas ya vigentes o que vayan a acordarse en el futuro se extienden a aquellos ámbitos territoriales en los que se han producido daños derivados de los fenómenos descritos, pero la efectividad de las medidas de ayuda y recuperación quedará supeditada a la acreditación de los daños y perjuicios ocasionados, de acuerdo con los procedimientos y requisitos previstos en cada una de las correspondientes líneas de ayuda.

Asimismo, una vez que esta Administración General del Estado disponga de una evaluación más completa de los daños producidos, realizada en colaboración con las administraciones autonómicas y locales afectadas, este Acuerdo podrá complementarse mediante la adopción de medidas adicionales de recuperación, coordinación y apoyo que resulten necesarias para favorecer el retorno a la normalidad.

En concreto, todas las personas o entidades que puedan acreditar los daños sufridos en cualquiera de estos episodios pueden solicitar ya a la Secretaría General de Protección Civil y Emergencias del Ministerio del Interior ayudas destinadas a paliar daños personales; materiales en vivienda y enseres; gastos de corporaciones locales; en establecimientos industriales, mercantiles y de servicios; y a personas físicas o jurídicas que hayan realizado prestaciones personales y/o de bienes para la respuesta a la emergencia.

Además, tras el acuerdo adoptado este martes, este ministerio estudiará la posibilidad de aprobar una exención de las tasas del Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico para los duplicados de permisos de circulación o conducción, así como bajas de vehículos siniestrados, y por expedición del DNI en caso de pérdida o destrucción.

Medidas de competencia de otros ministerios

A partir de la aprobación de este acuerdo, el Ministerio de Hacienda concretará la exención en la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y la reducción en la cuota del Impuesto sobre Actividades Económicas. Como es habitual, estarán exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas las ayudas por daños personales.

Los ministerios de Trabajo y Economía Social y de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones podrán desarrollar medidas como bonificaciones y exenciones de cuotas de Seguridad Social.

El Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática concederá ayudas, por un importe de hasta el 50 por ciento, a los proyectos que ejecuten las entidades locales para reparar infraestructuras, instalaciones y equipamientos municipales.

Todos los departamentos ministeriales, en el ámbito de sus competencias, podrán declarar zona de actuación especial así como la emergencia de las obras para reparar los daños causados en infraestructuras de titularidad pública en los territorios amparados por al acuerdo adoptado hoy.

En este sentido, podrán tener la consideración de obras, servicios o suministros de emergencia, los contratos de reparación o mantenimiento de infraestructuras, equipamientos o servicios, de obras de reposición de bienes perjudicados y de valoraciones de daños, cualquiera que sea su cuantía. También se podrá declarar urgente la ocupación de los bienes afectados por las expropiaciones derivadas de la realización de las obras, conforme a la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954.

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