La vista prevista para ayer se anuló porque Otero, uno de los agredidos, es procurador
El juzgado de lo Penal traslada el caso de Santas Martas a la Audiencia
La ley establece penas de cuatro a seis años por agredir a un cargo público, el caso del leonesista

Otero y Agúndez conversan momentos antes de que comenzara la vista
El Juzgado de lo Penal de León se inhibió ayer en favor de la Audiencia Provincial en la vista por los altercados del pleno municipal de Santas Martas (León), al percatarse de la posible petición de pena de más de cinco años para el acusado de «dar un puñetazo en el ojo» al procurador regional Joaquín Otero. Tras declarar los cinco acusados por los supuestos altercados en este pleno, en el que se debatía una moción de censura PP-UPL contra PSOE, la Fiscalía apuntó que uno de los agredidos, Joaquín Otero, además de ser secretario general de UPL, era procurador y la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece penas de entre 4 y 6 años por atentado a la autoridad con la agravante de condición de procurador. De este modo, uno de los acusados, Francisco Rodríguez, para quien el fiscal solicitaba en las calificaciones provisionales únicamente una multa por una falta de lesiones, podría ser condenado a más de cinco años de cárcel, ya que la acusación particular consideraba ya en su escrito que se produjo un delito de atentado, aunque solicitaba la pena mínima para este caso, cuatro años. Una vez que la titular del Juzgado de lo Penal número 2 de León, Pilar Robles, se percatara de este detalle, después de que incluso hubiera declarado el propio Otero en calidad de testigo, decidió anular la vista e inhibirse en favor de la Audiencia. Los hechos se remontan al 18 de agosto de 2001 en el Ayuntamiento de Santas Martas, cuando se procedía a debatir una moción de censura que tres ediles del PP y dos de UPL pretendían presentar contra el alcalde del PSOE, Miguel Angel Bravo, quien continuó en el cargo tras la abstención en la votación de un edil del PP, que abortó la moción de censura. En las calificaciones provisionales el ministerio fiscal solicitaba un año de prisión por un delito de atentado para J.M.L.C., otro tanto para J.J.L.A., e igual pena para J.I.B.P., los dos primeros por agredir a la candidata a la Alcaldía por UPL, María Felicidad Agúndez, y el tercero por dar una patada a un edil del PP, Manuel González, ambos firmantes de la moción de censura. El quinto acusado, J.C.F.S., se sentaba en el banquillo por una supuesta falta de desorden público al insultar supuestamente a la Guardia Civil, llamándoles «fascistas, represores». Después de darse por concluida la vista, la defensa de Francisco Rodríguez manifestó, en declaraciones a los periodistas, que Otero estaba en el pleno en calidad de secretario general de UPL no de procurador, motivo por el que consideró que «la acusación particular confunde las funciones de lo que es un procurador y lo que es un responsable político».