Diario de León

Entran en vigor las restricciones al movimiento de ganado por la lengua azul

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Las restricciones al movimiento del ganado por lengua azul se vuelven a restablecer y entraron en vigor ayer, según se recoge en la Orden APA/1202/2006, de 24 de abril, por la que se establecen medida específicas de protección en relación con la lengua azul, publicada en el BOE. Estas restricciones afectan a algunas comarcas de las provincias de Ávila y de Salamanca. En la Orden se precisa que tras el análisis de los últimos datos del Programa Nacional de Vigilancia Entomológica y Serológica se ha detectado el reinicio escalonado de la actividad de culicoides imicola en las zonas calificadas por la anterior orden como «estacionalmente libres», por lo que es preciso adoptar esta nueva medida. Además, la Orden recoge en su artículo 9 la vacunación de especies sensibles en zona restringida, que se llevará a cabo bajo supervisión oficial y con las vacunas que suministre la Dirección General de Ganadería a las comunidades autónomas de las zonas restringidas. Con base en la situación epidemiológica en la zona restringida en España por la lengua azul, y debido a la dificultad de manejo de las reses de lidia, se implanta un control específico para éstas cuando se destinen a espectáculos taurinos, que garantice que la enfermedad no se transmite al resto del territorio. En la Orden se declara como zona restringida la Comunidad Autónoma de Extremadura, las ciudades de Ceuta y Melilla, también quedan restringidos los movimientos en las provincias de Cádiz, Málaga, Sevilla, Huelva, Córdoba, Toledo y Ciudad Real. En las provincias de Jaén se considera zona restringida las comarcas veterinarias de Alcalá la Real, Huelma, Ubeda, Linares, Andújar, Jaén y Santiesteban del Puerto. También se aplicará en la provincia de Salamanca.

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