Las ayudas sólo serán para el 85% de los daños
La orden que regula las ayudas para paliar las pérdidas ocasionadas por la plaga de topillos en los cultivos de verano (maíz, remolacha, patatas otras hortícolas, viñedo, girasol y alfalfa) contempla una valoración de los daños de forma independiente para cada parcela y sobre la producción real esperada. La normativa, que ayer publicaba el Boletín Oficial de Castilla y León (BOCyL), indica que se considerarán parcelas afectadas aquellas en las que se verifiquen pérdidas por encima del 15% de la producción real esperada. La orden fija como plazo máximo para presentar la solicitud de ayudas el 31 de octubre. El valor de las pérdidas indemnizables se obtendrá aplicando el 85% a la diferencia entre la cuantía de la producción real esperada y la final. Además, de la cuantía total de la indemnización por parcela se deducirán «los costes que no se hayan efectuado debido a la afección de la plaga de topillo campesino, así como los importes que se hayan percibido o puedan percibir con arreglo a los regímenes de seguros agrarios». Los titulares de las explotaciones afectadas por los topillos podrán recolectar aunque aún no se haya efectuado una valoración de los daños, pero deberán dejar «muestras-testigo» no inferiores al cinco por ciento de la superficie de la parcela dañada para que se pueda comprobar con posterioridad la afección. UPA y UCCL han criticado estas ayudas y aseguran que muchos agricultores no podrán beneficiarse de ni un sólo euro de ayudas.