El procesado discutió con su esposa, se marchó al club con un amigo y protagonizó el incidente
El joven que amenazó a una prostituta con un ojo ortopédico irá a la cárcel siete años
El juez lo declara culpable de intentar robar a dos meretrices y enfrentarse a la Policía
león
El juzgado de lo Penal número 1 de los de León dictó el pasado viernes sentencia condenatoria para un vecino de León al que se considera autor de un delito de amenazas, por usar su ojo ortopédico para amedrentar a una prostituta en un club de alterne con el objeto de intentar robarle la recaudación del día. A criterio del juez, es culpable de dos delitos de robo con intimidación, un delito de atentado, dos faltas de agresión con lesiones y una falta de daños por los que permanecerá casi siete años en prisión.
El procesado, según la sentencia, también trató de arrebatar su dinero a una segunda mujer del prostíbulo y cuando la Policía Nacional acudió al lugar de los hechos, se produjo un enfrentamiento entre los dos agentes y el imputado que terminó con su detención y con daños de cierta consideración en el vehículo de patrulla.
El apartado de hechos probados de la sentencia da por cierto que sobre las 23.30 horas del 13 de diciembre del 2006, el acusado (mayor de edad y ya condenado por robo con violencia en otro caso) se dirigió a un club nocturno de la capital y tras subir a la habitación con una de las profesionales del establecimiento, sacó una navaja que llevaba, pinchando a la joven en la muñeca a la vez que le exigía el dinero que tuviese diciéndole que si no se lo entregaba, le iba a cortar el cuello y colocándole la navaja a la altura de la yugular.
La muchacha accedió a entregarle el dinero pero consiguió apartar la navaja y zafarse del agresor, para refugiarse en la recepción del prostíbulo. El condenado bajó de la habitación y repitió su actitud ante una segunda prostituta, a la que volvió a amenazar con una navaja sacándose su ojo ortopédico a continuación para decirle «que le iba a sacar a ella un ojo, igual que le había hecho a él un argelino y que juraba por sus muertos que le iba a arrancar el corazón y a quemar el local».
Alertados por la central de alarmas, se personaron en el lugar de los hechos dos agentes de la Policía Nacional, que requirieron al imputado que cesara en su actitud violenta. No obstante, el procesado se les enfrentó con su arma blanca, obligándolos a intervenir con la fuerza mínima indispensable para esposarlo e introducirlo en el vehículo policial. En el forcejeo, uno de los agentes sufrió un corte con la estructura metálica de los grilletes.
Ya detenido, el acusado comenzó a dar patadas, golpeando la puerta trasera del vehículo policial, que sufrió daños diversos valorados en 234 euros.
Testimonios verídicos
En el apartado de fundamentos de derecho, el Magistrado considera que pese a que las víctimas no prestaron declaración en el acto del juicio, su testimonio tiene la misma fuerza de convicción, aunque reconoce que no la misma validez. En cualquier caso, considera que existe prueba de cargo suficiente.
El condenado no recordó a ratos durante el juicio si había sacado la navaja o no, pero en otros momentos tenía «un recuerdo preciso». Declaró haber utilizado el arma blanca pero contra miembros del servicio de seguridad del club nocturno que, sin embargo, no aparecen identificados en las diligencias. Por eso, esta parte de su testimonio se declara falsa.
Las declaraciones de las prostitutas son «suficientemente sólidas» según el juez, que encuentra que además los informes médicos de las heridas que sufrieron las jóvenes están perfectamente relacionados con los testimonios aportados por ellas.
Llama la atención el Magistrado sobre la contradicción que supone que ante el juzgado de Instrucción el acusado negase haber usado ninguna navaja y que sin embargo reconociera su uso en la vista oral. En lo que se refiere a las declaraciones de los testigos, un amigo del condenado, al que el procesado había invitado a acudir al club, no supo explicar al fiscal qué había ocurrido «porque había mucho revuelo arriba» (lo repitió no menos de diez veces) pero ante el abogado defensor aportó múltiples detalles, por lo que el juez entiende que el testimonio suscita muchas dudas.
Un segundo testigo aportó datos «contradictorios con los relatados por el acusado, a quien trató de favorecer a ultranza», insiste la sentencia. Afirmó que inicialmente intervinieron personas que no eran agentes de policía con pistolas que no aparecen en ningún otro testimonio y declaró que el primer testigo fue violentamente agredido por los agentes, cuando ni siquiera la supuesta víctima relata los hechos así. «No damos crédito a nada de lo manifestado por este testigo», dice la sentencia.
La pena se agrava al concurrir la reincidencia del acusado y no se contempla la atenuante de drogadicción que exigía la defensa del sospechoso, puesto que el juez cree que entre consumidor y dependiente, existe una diferencia notable. «Decidió acudir al club porque se había enfadado con su esposa y uno de los testigos aportó el detalle de que cogió el dinero y se marchó de su casa. Luego no se encontraba en circunstancias económicas nada apremiantes con lo que se descarta que actuase así por dependencia».