Diario de León

Los ayuntamientos leoneses pierden la batalla por el ordenamiento forestal

La potestad municipal sobre las plantaciones arboladas queda sometida a una ley superior y las distancias se reducen hasta siete veces con las establecidas ahora

Vieja maquinaria devorada por zonas forestales.

Vieja maquinaria devorada por zonas forestales.

Publicado por
L. urdiales | redacción
León

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Los ayuntamientos no pueden disponer sobre el ordenamiento que afecta a la superficie forestal de sus términos municipales. Un informe del Procurador del Común recuerda que esta normativa, que regulaba entre otras cuestiones las distancias y reservas que deben guardar las plantaciones con terrenos colindantes o determinaba que terrenos podrían dedicarse a uso agrícola o forestal, tiene una tutela superior en una ley que anula una de las escasas atribuciones que les quedaban a los entes locales leoneses. Con esta disposición están afectados más del 90% de los ayuntamientos de la provincia, tanto por intervenir con ordenanzas reguladoras en esta materia de ordenamiento forestal como por contar con superficie rústica susceptible de ser forestada.

La resolución de la Procuraduría del Común da por sentado que los criterios que se han de imponer a la hora de marcar distancias entre superficies o plantaciones forestales y fincas colindantes sólo tienen una fuente legislativa: el decreto 2661/1967, artículo segundo: tres metros para especies de coníferas o resinosas; cuatro metros para especies de frondosas y seis metros para especies del género eucalipto. Cuando la superficie colindante esté dedicada al uso de pradera, todas estas distancias disminuirán en un metro. Esta nueva medida contrasta con las restricciones que fijaban losa ayuntamientos que disponían de ordenanza reguladora del sector: en esta se marcaban distancias de hasta 25 metros cuando se trataba de especies frondosas que reflejan en sus raíces el desarrollo máximo de sus troncos.

Polémica en metros. En el mejor de los casos para las entidades locales se les reconoce la competencia para fijar distancias, aunque en esa ordenanza no pueden contender mandatos normativos que exceden a de la atribución. Por ese punto se impone la norma superior que decide las distancias que han de mediar entre las zonas forestales y las agrícolas. Su aplicación va a generar focos de polémica en León, achacado ahora por los nuevos usos del terreno.

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