La Junta amplía la zona de protección de la avifauna a 87 municipios de León
Se tomarán medidas para evitar la electrocución o colisión de especies amenazadas
La intensa producción energética de la comunidad, ligada al incipiente desarrollo industrial, y a la dispersión geográfica de su población, que requiere de una red de distribución eléctrica muy extensa, ha convertido a Castilla y León en una comunidad con un elevado índice de mortalidad de aves, víctimas de electrocución en las líneas aéreas de alta tensión o de meras colisiones con los postes eléctricos.
Ante este elevado coste ecológico, la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León ha decidido elaborar una orden (la MAM/1628/2010, del 16 de noviembre) que delimita y publica las zonas de protección para la avifauna, en las que se aplicarán medidas concretas para salvaguardar a las aves de los riesgos que representan las infraestructuras eléctricas repartidas por todo el territorio autonómico.
La avutarda, el águila perdicera, el milano real, el alimoche, el buitre negro, el águila imperial ibérica, la cigüeña negra o el urogallo son las ocho especies amenazadas que la Junta pretende proteger con la puesta en marcha de esta nueva normativa, que establece un área de protección de 5.041.728,51 hectáreas, lo que representa un 53 por ciento del territorio de la comunidad, que afecta a 86 municipios de la provincia de León.
Antecedentes. El artículo 52 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, establece la necesidad de adoptar medidas para garantizar la conservación de las especies que viven en estado silvestre. Por otro lado, el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y electrocución en líneas eléctricas de alta tensión, dispone en su artículo 4.2 que «el órgano competente de cada comunidad autónoma dispondrá de la publicación, en el correspondiente diario oficial, de las zonas de protección existentes en su respectivo ámbito territorial en el plazo de un año a partir de la entrada en vigor del presente Real Decreto».
Ese mismo Real Decreto establece que son áreas de protección, por un lado, los territorios designados como Zonas de Especial Protección para las Aves (Zepa), los ámbitos de aplicación de los planes de recuperación y conservación elaborados por las comunidades autónomas para las especies de aves incluidas en el Catálogo Español de Especies Amenazadas o en los catálogos autonómicos, y por último, las áreas prioritarias de reproducción, alimentación, dispersión y concentración local de aquellas especies de aves incluidas en los anteriores catálogos.
La nueva norma de la Junta, tras la realización de un profundo análisis, incluye las anteriormente citadas zonas de protección y las amplía a las áreas de dispersión más reciente de otras especies, como el águila imperial, a la presencia esporádica y puntual del urogallo y a las áreas de las principales concentraciones invernales y de poblaciones reproductoras del milano real, a partir de los nuevos censos elaborados.
El texto propuesto trata de establecer una serie de normas de carácter técnico de aplicación en las instalaciones eléctricas aéreas de alta y baja tensión con el fin de reducir el riesgo de mortalidad de la avifauna por electrocución y colisión, atenuar el impacto paisajístico que dichas instalaciones ocasionan y minimizar su impacto en el medio ambiente y sus efectos en el ecosistema. Por este motivo, las compañías eléctricas se verán obligadas a adaptar sus normas particulares a lo expuesto en el Decreto, a la hora de instalar nuevos tendidos. Del mismo modo, se identificarán los tendidos ya existentes que supongan un grave riesgo, y se procederá a su modifcación. El Decreto contempla graves sanciones para las empresas que no se ajusten a la ley.