La Seiasa modifica el proyecto de modernización del Canal del Páramo
Las modificaciones técnicas al primer proyecto superan el impacto ambiental

Fotografía de archivo de las obras de modernización del Canal del Páramo.
El Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino ha formulado la evaluación de impacto ambiental de la modificación técnica del proyecto de modernización del regadío de la Comunidad de Regantes del Canal del Páramo. La declaración de impacto ambiental concluye que, siempre y cuando se cumplan con las condiciones fijadas en esta resolución, quedará adecuadamente protegido el medio ambiente y los recursos naturales.
El objeto principal del proyecto inicial, que no se sometió a evaluación ambiental, es la mejora de la eficiencia de los caudales suministrados a los agricultores, a través de la implantación de un conjunto de redes ramificadas de tuberías y accesorios necesarios para la distribución y entrega en parcela del agua de riego con una presión en condiciones aceptables.
Con la modificación técnica, objeto de la presente evaluación, se recogen una serie de cambios respecto al original, que sintéticamente consisten en: alteración del límite de los sectores -”sin embargo, la superficie total modernizada no cambia-”, la variación de las estaciones de bombeo, la construcción de balsas de acumulación y modificaciones en la línea eléctrica y redes de riego proyectadas. El proyecto ha sido promovido por la Sociedad Estatal de Infraestructuras del Norte, S.A. (Seiasa del Norte).
La dotación de nuevas infraestructuras hidráulicas permitirá aumentar la eficiencia del sistema de riego y eliminar pérdidas de los sistemas de distribución. De este modo se estima un ahorro de agua de 903 metros cúbicos por hectárea, lo que supone un ahorro total de 4,88 hectómetros cúbicos anuales, para las 5.403 hectáreas afectadas por la modernización de los sectores III y IX.
El proyecto afectará a terrenos ya dedicados a la agricultura, por lo que no se producirá un cambio en el uso actual del suelo, ni una alteración ambiental de importancia en la zona. En relación a espacios protegidos, los márgenes de los espacios pertenecientes a la Red Natura 2000, quedan todos ellos fuera del ámbito de actuación por lo que no se prevé una afección directa sobre los mismos.
En cuanto a una posible afección indirecta sobre el Lugar de Interés Comunitario (LIC) Riberas de río Órbigo y afluentes, el más cercano a la actuación, los informes remitidos por las Direcciones Generales de Prevención Ambiental y Ordenación del territorio y de Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente Junta de Castilla y León, se concluye que las actuaciones no afectarán de forma apreciable directa o indirectamente al LIC, siempre y cuando se cumplan las condiciones establecidas en esta resolución. Tampoco afectará a ninguna Zona Húmeda catalogada, planes de recuperación o conservación de especies protegidas, o a especies incluidas en el Catalogo de Flora Protegidas, ni a ejemplares incluidos en el catálogo de Especímenes Vegetales de Singular relevancia de Castilla y León.