Rechazan una denuncia por amenazas contra el «cobrador del frac»
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de León ha ratificado un auto del Juzgado de Instrucción número 2 de La Bañeza que no apreció delito en la actuación de un empleado del Cobrador del Frac, que fue denunciado en el 2010 por una vecina por amenazas, coacciones, injurias y vejaciones así como por un delito de tentativa de estafa.
Según el fallo de la Audiencia, del resultado de las diligencias instructoras de investigación llevadas a cabo, y de acuerdo con las consideraciones del Ministerio Fiscal, «no se puede inferir, de forma un tanto lógica y razonable, que el hecho de acudir a la entidad mercantil el Cobrador del Frac, para cobrar un crédito litigoso, pueda considerarse una conducta constitutiva de estafa, al faltar en todo caso el engaño a la denunciante y el elemento subjetivo que exige dicha infracción subjetiva».
El dictamen judicial añade que no se puede atribuir al trabajador de dicha empresa «en cuanto a la forma y manera, un tanto peculiar y conocida, de reclamar e intentar el cobro de la controvertida deuda que tenía encomendada» que haya «un excesivo y desproporcionado empeño en tal cometido en los términos que invoca la denunciante», términos que, según se relata en el fallo, han sido negados por el trabajador.