La Bañeza

La Audiencia condena a cuatro años a una mujer que traía droga desde Madrid

En la comercialización de la droga estaban implicados dos vecinos de la comarca.

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A. Domingo | Redacción
León

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La Audiencia Provincial ha condenado a cuatro personas, tres hombres y una mujer, a penas que oscilan entre un año y seis meses de prisión y tres años y multas de 8.591,24 a 17.182,48 euros por un delito contra la salud pública por tráfico de cocaína. Las mayores penas recaen en la mujer y su pareja sentimental, ambos de nacionalidad colombiana, con tres y dos años de cárcel, respectivamente, así como la imposición a cada uno de la mayor multa citada, que es el valor que hubiera alcanzado la cocaína en el mercado.

La operación policial que terminó con esta trama de distribución de droga, conocida como Operación Cabbie, culminó el 9 de noviembre del 2011, cuando agentes de la Guardia Civil procedían a la detención de la súbdita colombiana, de un vecino de Jiménez de Jamuz, cuyo domicilio fue registrado tras conseguir la oportuna orden judicial, y otro de La Bañeza.

En el turismo en el que viajaba la mujer de Madrid a La Bañeza se encontraron 503,49 gramos de cocaína con una riqueza del 24,22%. Asimismo, al encargado de la recepción de la sustancia, vecino de Jiménez, se le intervinieron 6.000 euros, cuya finalidad era el pago de la droga, y una balanza de precisión. Posteriormente se implicó a la pareja de la súbdita colombiana, ya que ésta adquirió la cocaína y la llevó hasta Jiménez de Jamuz a instancias de su compañero (ambos tenían domicilio en la provincia de Madrid).

La sentencia, que se dictó de conformidad entre el Ministerio Fiscal y las defensas de los imputados, señala que el 9 de noviembre del 2011 se iba a realizar la entrega del estupefaciente «como en otras ocasiones», después de que la Guardia Civil hubiera investigado a los implicados, por su implicación en la venta de estupefacientes en las comarcas de La Bañeza y Astorga, e indica que el vecino de Jiménez de Jamuz colaboraba en el tráfico ilegal «por su grave adición a diversas sustancias tóxicas».

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Las defensas solicitaron la suspensión de las penas de prisión para los cuatro reos —para la súbdita colombiana se pedía la expulsión y la prohibición de entrar en España por cinco años, petición a la que el Fiscal no se oponía si el periodo se incrementaba a diez años—, si bien el fallo sólo la acepta en el caso del vecino de La Bañeza, en el que el año y seis de cárcel se sustituye por una multa de tres años con una cuota diaria de dos euros. Del mismo modo, éste habrá de abonar la cuarta parte de las costas procesales causadas.