BATALLA LEGAL EN SAN EMILIANO
Babia y Luna se apuntan el primer tanto: una resolución judicial ordena la clausura cautelar de Casa Mieres
El Ayuntamiento asturiano «actuó como en su propio territorio»
Casa Mieres, en San Emiliano
La Asociación Montaña de Babia y Luna se apuntó ayer su primer tanto en el contencioso emprendido contra la legalización del establecimiento Casa Mieres, propiedad del Ayuntamiento asturiano homónimo, en el puerto de pinos, en terrenos que posee la entidad local en el municipio de San Emiliano (León), al anular cautelarmente un auto judicial la licencia ambiental que legalizó el complejo, destinado a dar comidas a los ganaderos durante los meses que se utilizan los pastos del puerto y ordenar «la clausura de todas las instalaciones» del complejo. El recurso que cabe contra la resolución no impedirá su cumplimiento.
El auto, que dicta el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de León, aclara que la medida no entra a considerar el fondo de la cuestión sobre la que debe fallar, aunque supone un varapalo para los Ayuntamientos de San Emiliano y Mieres, ya que señala que si bien cualquier administración local puede poseer inmuebles fuera de su término su actuación en éstos «es análoga (no enteramente idéntica) a la de cualquier particular», por lo que no puede ejercer sus competencias y prerrogativas.
El juez apunta que el establecimiento de hostelería funciona mediante concesión administrativa, sometida a la Ley de Contratos del Sector Público y que el Ayuntamiento de Mieres presentó «una ‘memoria’ de regularización» de las instalaciones ante el Ayuntamiento de San Emiliano «carente de visado, suscrita por un técnico municipal de Mieres», un ingeniero técnico industrial. Por su parte, el Ayuntamiento leonés «‘convalida’ la licencia ambiental otorgada sin que conste la solicitud, tramitación ni otorgamiento de silmultánea e inexcusable licencia urbanística». De esto resulta que el Ayuntamiento asturiano obtuvo licencia «como si se tratara de obras realizadas por el Ayuntamiento de Mieres en su propio territorio», como invoca Montaña de Babia y Luna en su recurso.
El juez señala que la sentencia que sobre el recurso valorará la nulidad absoluta de concesión de la licencia, como invoca la asociación que promueve el proceso, al autorizar una actividad incompatible en el Parque Natural de Babia y Luna.
El magistrado asevera que se cumplen «los más exigentes estándares jurisprudenciales» para aplicar la medida cautelar «ante la existencia de una cadena de actos cuya nulidad resulta patente».
La Asociación montaña de Babia y Luna remitió ayer un comunicado en el que valora positivamente la adopción de las medidas cautelares que solicitó su representación legal, ya que se trata del «primer pronunciamiento de un juzgado sobre la situación de gravísima ilegalidad en la que se encuentra el puerto de Pinos». La organización recuerda que lleva años denunciando este problema sin que las autoridades de Castilla y León «hayan adoptado las decisiones que impiden el mantenimiento de una anomalía histórica que tantos perjuicios económicos está provocando al desarrollo económico de Babia».
Montaña de Babia y Luna exige a la Junta de Castilla y León y a la Diputación «que defiendan sus competencias y que velen por la ganadería y el medio ambiente» en el parque, «como motor de desarrollo».