Diario de León

Condiciones concretas de recolección para la protección ecológica

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Las áreas reguladas tienen ya redactadas sus condiciones específicas para la recolección. Además de que sólo se permitirá la recogida a personas con permiso, también están obligadas a realizar la recolección exclusivamente en las zonas identificadas como recreativas. El permiso local permite a su titular recolectar en cualquier área regulada de Micocyl, aunque estará sujeto a las condiciones de la zona donde se efectúe la recolección.

En el área Río Cea I, los permisos para foráneos sólo son válidos para los montes que se encuentren en los municipios de Almanza y Prioro. En las especificaciones también se detalla cómo se ha de realizar la recolección de determinadas especies. En concreto, en el caso de los níscalos, las setas de cardo, las llanegas, negrillas y capuchinas, se debe cortar el pie con una navaja, mientras que para las restantes especies se debe extraer la seta completa para su mejor identificación.

Además, las especies del género Boletus, se deben recolectar con un tamaño mayor de cinco centímetros en cualquiera de los diámetros del sombrero, mientras que para el resto de especies se permite recolectar con un tamaño superior a tres centímetros, aunque en este caso se exceptúa la Seta de San Jorge, que debe ser mayor de cuatro centímetros.

En las condiciones, se advierte de que, por motivos ecológicos, «se podrán establecer limitaciones temporales a la recolección de ciertas áreas o de determinadas especies y también se determina cómo deben ser los recipientes para la recogida, que debe permitir la aireación para favorecer la caída de esporas.

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