Diario de León

Tuñón culpa a Medio Ambiente de la ilegalidad e impacto del Feixolín

El ex jefe de Industria defiende que es un funcionario, sin competencia para decretar el cierre.

Emilio Fernández Tuñón, con maletín, ayer a su entrada a la Audiencia Provincial de León. RAMIRO

Emilio Fernández Tuñón, con maletín, ayer a su entrada a la Audiencia Provincial de León. RAMIRO

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maría carnero | león

Emilio Fernández Tuñón, ex jefe del servicio territorial de Industria de la Junta de Castilla y León, se sentó ayer en el banquillo de los acusados de la Audiencia Provincial de León para defenderse del delito de prevaricación ambiental que le imputa el ministerio fiscal al considerar que permitió a la empresa MSP explotar a cielo abierto el paraje de El Feixolín, en Villablino, sin las correspondientes licencias medio ambientales y urbanísticas.

El ministerio fiscal, que pide para el acusado una pena de cuatro años de prisión y 15 de inhabilitación especial para cargo público, considera que Fernández Tuñón consistió la explotación de carbón en esta mina, sobre la que ya pesaban diversas resoluciones judiciales que advertían de su ilegalidad y ordenaban su cierre por carecer de las correspondientes licencias ambientales, urbanísticas y del estudio de impacto ambiental (EIA) imprescindible para llevar a cabo esta actividad, sobre todo en una zona protegida por varias figuras medioambientales como LIC, Zepa, Reserva de la Biosfera Valle de Laciana y zona de interés para la recuperación del oso pardo y del urogallo cantábrico. La fiscal asegura que el acusado tenía competencias para ordenar, por lo menos temporalmente, la paralización de la actividad y evitar que se siguiera extrayendo mineral hasta el 2007, cuando ya se había ordenado el cierre ordenado de las instalaciones, con el consiguiente daño ambiental que se produjo en la zona, y por el cual la Junta de Castilla y León es responsables subsidiaria. «Queda acreditado que el señor Fernández Tuñón era conocedor del daño que causaba esta mina, ya que él mismo la visitó en varias ocasiones, y de la ilegalidad en la que se encontraba por las resoluciones y sentencias que pesaban sobre ella, por lo que debería haber actuado promoviendo su inmediata paralización y evitando esa grave afección causada en la zona», esgrimió la fiscal en sus conclusiones.

Por su parte, la defensa de Fernández Tuñón fue firme al declarar que «no se puede responsabilizar a un mero funcionario de la actividad de un cielo abierto durante 30 años, que ya estaba autorizada y en activo con anterioridad a su llegada al cargo».

El propio acusado explicó que cuando llegó a Industria, la mina ya estaba en funcionamiento desde el año 1986. Asegura que gozaba de todos los permisos medio ambientales, que en aquellos años no era obligatorio presentar EIA, ya que la normativa que lo exige es posterior, y que la licencia urbanística era competencia municipal, de hecho recordó que «el Ayuntamiento fue condenado en 2005 por el Juzgado de León por este asunto».

Recuerda que sí tuvo conocimiento de las resoluciones contrarias a la actividad en la corta, y asegura que él, según la normativa de minas, no tenía competencia para decretar el cierre de una mina, ya que «es algo que sólo puede hacer el ministro de Industria y los directores generales del ramo».

De lo que sí se encargó Fernández Tuñón fue aprobar cada año el plan de explotación y restauración de la empresa, algo obligatorio para todas las minas de la provincia. «Desde 1986 hasta 2004 esos planes iban encaminados a la explotación y a partir de 2004, cuando la propia empresa solicita el fin de la actividad, se redactan las primeras resoluciones de cierre», explicó el acusado.

El ex jefe de Industria explicó que a partir de ese momento, y hasta 2007, se iniciaron las labores de restauración, para lo cual exigió un aval a la empresa de 1,2 millones de euros. Durante ese tiempo, y según la denuncia de Fiscalía, se siguió extrayendo mineral, algo que ex director de Industria justificó en que «la propia restauración implica la retirada del carbón que está a la vista para evitar que el alto grado de azufre entre en contacto con el oxigeno y se produzca la llamada lluvia ácida y se evite que los restos de carbón entraran en combustión como está ocurriendo en la Hullera Vasco Leonesa», explicó el acusado. La defensa recordó que este mismo año, el empresario Vitorino Alonso, responsable de la MSP, quedó absuelto por el juzgado de lo Penal de León por un delito de desobediencia a la autoridad por desoír la orden de cierre. «No se entiende que al principal responsable de este hecho se le absuelva, al no quedar demostrado nada, y se trate de condenar al funcionario que supuestamente lo consintió», preguntó la defensa.

Cierre ordenado y aval

Por eso, en sus conclusiones, la defensa mantiene que Fernández Tuñón actuó correctamente al autorizar a partir de 2004 un cierre ordenado, exigir el aval con el que finalmente se sufragaron parte de los dos millones de euros que constó la restauración definitiva llevada a cabo del 2014 al 2015, y responsabiliza a la Consejería de Medio Ambiente de la falta de licencias y del daño producido en la zona. «Es llamativo que las sentencias tanto del TSJCyL como del juzgado de lo contencioso administrativo número dos de León han condenado a Minero Siderúrgica de Ponferrada, al Ayuntamiento de Villablino y a la Delegación de Medio Ambiente de la Junta, pero nunca al servicio de Industria», sostienen el abogado de la defensa.

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