El Fega informa de los nuevos criterios para acceder a la PAC
dl | león
El Fondo Español de Garantía Agraria (Fega) publicó una circular en la explica los criterios para el cumplimiento de la figura de agricultor activo y del control previo de la actividad agraria de cara al cobro de las ayudas de la Política Agrícola Común (PAC) relativas a este año.
El documento precisa que, como novedad en la campaña 2017, se introduce la obligatoriedad de controlar la existencia de posibles entidades asociadas al solicitante de las ayudas de la PAC, ya que si dichas entidades desarrollan actividades excluidas, conllevará la incorporación preventiva del solicitante en la lista negativa.
El Fega destaca la importancia que tiene el poder detectar posibles incumplimientos del ejercicio de la actividad agraria en las superficies que se declaran en la solicitud única.
En este sentido, asegura que la regla 80-20, que evalúa lo que suponen las ayudas directas percibidas sobre los ingresos agrarios totales declarados, ha de constituirse como un control previo para determinar el cumplimiento de la actividad agraria.
La circular recoge la secuencia de ejecución de los controles a realizar para la verificación de los requisitos de agricultor activo y del control previo de la actividad agraria establecidos por el Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.