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La Diputación guiará a las pedanías para elegir secretario

La federación recuerda que el SAM y los ayuntamientos deben renunciar por escrito.

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León

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dl | redacción

La Diputación de León elaborará un documento tipo para los presidentes de las juntas vecinales con el objetivo de que, siguiendo todo el procedimiento que marca la normativa vigente, se puedan elegir los secretarios-vecinos como gestores de las entidades locales menores.

Este documento ha recibido el visto bueno de la Junta de Portavoces y en él se define como tienen que proceder para requerir a los secretarios o interventores de su ayuntamiento ejerzan esas funciones en las diferentes pedanías. Una vez que se hayan denegado esta opción, se dirigirán al Servicio de Asistencia a Municipios (SAM) de la Diputación para que se hagan cargo de estas funciones, según marca la Ley.

El vicepresidente de la Diputación señaló que la institución «no puede asumir la gestión de todas las juntas vecinales de la provincia», aunque ha reconocido que van a apoyarles para que «puedan nombrar al secretario-vecino con las actitudes necesarias».

Esta decisión consensuada responde a las consultas planteadas por los pedáneos ante el Servicio de Asistencia a Municipios, que han mostrado su inquietud ante los pasos y trámites que marca la normativa.

Por su parte, la Federación Leonesa de Entidades Locales Menores reiteró ayer que «a la vista de la gran disparidad de criterios seguidos en los distintos ayuntamientos a la hora de proceder al nombramiento de los secretarios de las Juntas Vecinales en la provincia de León», para el nombramiento por el Alcalde-Pedáneo de una persona con capacitación suficiente «es necesario contar previamente con la negativa expresa del secretario del Ayuntamiento y de otros funcionarios del Ayuntamiento, si los hubiera, y con la negativa del SAM».

«Por tal motivo, lo que deben realizar los Ayuntamientos y el SAM es facilitar dichos escritos en los que formalmente comunican que no se hacen cargo del desempeño de las funciones de Secretaría, Intervención y Tesorería de las Juntas Vecinales y hacerlo de forma urgente, para poder constituir adecuadamente las Juntas Vecinales, o al menos, volver a proceder al nombramiento del secretario por el Alcalde Pedáneo», señala la federación en un comunicado en el que asegura que estos documentos «deben figurar en el expediente del nombramiento de secretario, para poder elevarlo a la Junta Electoral del Zona antes del 30 de junio. Y el expediente lo debe formalizar el Secretario del Ayuntamiento».

Desde la Federación se agradece el esfuerzo que hace la Diputación de León para intentar facilitar los escritos necesarios para la designación de los secretarios de la Juntas vecinales conforme a Ley.

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