Diario de León

NUEVO VARAPALO

El Defensor del Pueblo también lleva al Constitucional la nueva ley de caza

Considera que vulnera la normativa básica y, por tanto, las competencias del Estado

Un cazador con su perro en un coto de caza del sur de León.

Un cazador con su perro en un coto de caza del sur de León.

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El Defensor del Pueblo, Francisco Fernández Marugán, ha presentado recurso de inconstitucionalidad contra varios artículos de la Ley 9/2019, de 28 de marzo, de modificación de la Ley 4/1996, de 12 de julio, de caza en la Comunidad de Castilla y León y contra la disposición transitoria de esta norma.

La Institución considera que algunos de sus artículos vulneran el derecho a la tutela judicial efectiva, al regular la norma de manera directa las especies cinegéticas y cazables, los periodos y días hábiles de caza y permitir el ejercicio de esta actividad directamente por ley, con lo que se impide el acudir a los tribunales ordinarios.

Por otra parte, se trata de medidas adoptadas sin contar con los estudios científicos y técnicos necesarios que avalen la declaración de especies cinegéticas, lo que atenta contra la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, al no garantizarse la adecuada conservación de las especies silvestres.

El Defensor del Pueblo esgrime, además, que la las Cortes modificaron la ley con intención de eludir el cumplimiento del auto de suspensión cautelar del el decreto autonómico 10/2018, que regulaba las especies que se podían cazar, que dictó la Sala de los Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Casilla y León.

El defensor subrayaba ayer en una nota de prensa que el Tribunal Constitucional «se ha pronunciado en repetidas ocasiones acerca de la trascendencia constitucional de las medidas cautelares y de su relación con los derechos fundamentales y en concreto con el derecho a la tutela judicial efectiva». En este caso, al elevar el rango normativo, la institución considera que se ha querido evitar el control por los tribunales ordinarios y así neutralizar el contenido de las resoluciones judiciales, argumento que ya defendió el TSJ en sus consultas para plantear un recurso de amparo ante el TC.

El Defensor del Pueblo señala que los preceptos impugnados de esta ley vulneran el derecho de todos los españoles a disfrutar de un medio ambiente adecuado y quebranta la distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas en materia de medio ambiente en general y, específicamente, en conservación de la biodiversidad. Al vulnerar la normativa básica, Castilla y León incurre en una violación de la competencia estatal y, por tanto, en inconstitucionalidad.

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