Diario de León

El ex alcalde de Valderas se enfrenta hoy a 15 meses de cárcel y 9 de inhabilitación

Será juzgado en la Audiencia Provincial acusado de prevaricación y usurpación de funciones

Eloy Rubio. B.M.

Eloy Rubio. B.M.

León

Creado:

Actualizado:

El ex alcalde de Valderas, Eloy Rubio y la secretaria municipal por él designada, serán juzgados a partir de este lunes y hasta el viernes en la Audiencia Provincial, acusados de prevaricación y usurpación de funciones.

El investigado nombró a la otra acusada como interventora del Ayuntamiento, refrendada por la toma de posesión oficial en cuanto llegase la confirmación de la Junta de Castilla y León. En esa misma fecha, ella emitió un certificado en calidad de interventora con el visto bueno del alcalde sobre personas autorizadas en las cuentas corrientes de Valderas. Previamente, en virtud de Decreto de 3 de noviembre del 2008, había sido ya nombrada también secretaria, refrendada por su toma de posesión oficial en cuanto llegase la confirmación de la Junta de Castilla y León.

En fecha de 25 de mayo del 2009, el acusado solicitó ante la Dirección de Ordenación del Territorio y Administración Local de la Junta de Castilla y León, que se le concediese a la acusada el puesto, acompañando únicamente a su solicitud copia de las bases por las que se regía la convocatoria pública para dicha previsión, siendo requerido por la Junta de Castilla y León para que aportara el expediente de proceso de selección a tal efecto ( Actas de la Comisión de valoración, solicitudes presentadas por los diferentes aspirantes y puntuación de los mismos etc), no aportando dicha documentación, presentando el cese.

El exalcalde certificó para la Subdelegación del Gobierno de León que la otra acusada ocupó el puesto de secretaria interventora. No obstante el acusado, actuando en connivencia con ella, a sabiendas de que no se le había autorizado a esta última para desempeñar el cargo, pues se había inobservado el procedimiento legalmente establecido para la designación, con inobservancia de los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, permitió que la acusada continuase ejerciendo como interventora a pesar de que se había producido su cese y que continuaba trabajando en el Ayuntamiento ocupando la plaza de secretaria.

De este modo, ejerció competencias propias de un Secretario- Interventor con el conocimiento y consentimiento del también acusado y así puso el visto bueno con su firma, acompañando la firma del acusado a órdenes de pago, facturas, certificaciones, informes, entre otros.

Por otro lado el exalcalde, en calidad de alcalde , emitió Decreto de la Alcaldía, en relación con un expediente, certificando la finalización de obra, aprobando unos costes por importe de 44.348,55 euros, aprobando el exceso de costes con cargo al Presupuesto Municipal, solicitando el abono de la subvención, en su día concedida por la Junta de Castilla y León, firmando como secretaria la otra acusada, cuando nunca había sido designada legalmente y a sabiendas de que no era cierta la finalización de la obra, pues no se había ejecutado la obra, ya que de las seis unidades de ejecución que se contemplaban en la memoria presentada, no se habían ejecutado las unidades 1, 3, 4, 5 y 6 y en relación con la unidad 2 que comprendía la renovación de la infraestructura eléctrica subterránea, no se había, efectuado la renovación de las infraestructuras eléctricas.

Tras habérsele concedido por Orden de 29 de julio de 2009 de la Consejería de Economía y Empleo al Ayuntamiento una subvención por importe de 95.524,11 euros para la financiación del proyecto anteriormente referido, debido al incumplimiento, se acordó en virtud de orden de fecha 18 de agosto de 2014 de la Consejería de Economía y Empleo la incoación de expediente de cancelación total de la subvención concedida al Ayuntamiento en el expediente.

Los hechos narrados son constitutivos de prevaricación y usurpación de funciones públicas. Para Eloy Rubio se pide la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de diez años y a ella la pena de nueve años de inhabilitación especial para empleo o cargo público. Alternativamente la pena de seis meses de multa con cuota diaria de diez euros (1.800 euros) o la pena de un año y tres meses de prisión.

tracking