Diario de León

Mario Rivas se enfrenta a ser multado si el Ayuntamiento de Villablino no proporciona luz a la finca de un vecino

El juez emite una diligencia de ejecución forzosa dirigida «personalmente» al alcalde, después de que el TSJ dictaminara que Villablino debe proporcionar los servicios al inmueble

Edificio consistorial de Villablino, en una imagen de archivo.

Edificio consistorial de Villablino, en una imagen de archivo.fdl

Villablino

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El juzgado contencioso administrativo número 2 de Léon, requiere al alcalde de Villablino, Mario Rivas, «personalmente» para que proceda al estricto cumplimiento mediante ejecución forzosa de la sentencia firme de la Sala Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, que acordaba que el Ayuntamiento de Villablino tenía que proceder, por sus medios, a realizar las actuaciones necesarias para proporcionar de manera efectiva el servicio de agua potable y de luz eléctrica a una finca privada ubicada en el pueblo lacianiego de Rabanal de Arriba. El agua ya fue habilitada hace unos meses.  En caso de incumplimiento, al regidor lacianiego se le podrán imponer como máxima autoridad del organismo ejecutado, multas coercitivas personales de 150 a 1500 euros, que serán reiteradas hasta el total cumplimiento de lo mandado, y ello sin perjuicio de otras responsabilidades patrimoniales a que hubiere lugar, pudiendo, así mismo, deducirse el oportuno testimonio de particulares a los efectos de exigir la responsabilidad penal que pudiera corresponderle, cuando menos por desobediencia a la autoridad judicial.

El Ayuntamiento de Villablino no ha tomado medidas respecto a estos suministros durante años, ya que en la citada sentencia también se pone de manifiesto «el silencio administrativo» ante los escritos de reclamación presentados por parte del propietario de la finca, con fecha del 23 de enero y 12 de mayo de 2014, 2 de febrero de 2017 y 25 de mayo, 27 de junio y 11 de septiembre de 2018, en los que se reclamaba al Ayuntamiento que procediera a realizar las actuaciones necesarias para proporcionar de manera efectiva el servicio de agua potable y de luz eléctrica al citado solar. Y tras más de un año desde que el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León dictara sentencia, el Juzgado de Léon expresaque «examinadas las actuaciones de ejecución de las referencias marginales y no constando ejecutada la resolución», dando un plazo de díez días para ejecutar las actuaciones pertinentes.

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