Diario de León

La sentencia le recuerda que es un político y que los hechos que le recriminaron eran relevantes y ciertos

El juez desestima la demanda del subdelegado a quienes le criticaron

El juez desestimó la demanda que el subdelegado del Gobierno, Víctor Núñez, interpuso contra dos diputados del PSOE y uno de la UPL que le

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Redacción - LEÓN. Juan Vázquez
León

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El subdelegado del Gobierno en León, Víctor Núñez, interpuso una demanda judicial contra los diputados provinciales del PSOE Antonio Canedo y Emilio Sierra y el de la UPL Luis Herrero Rubinat. Los hechos se iniciaron cuando los denunciados criticaron el reparto de las ayudas públicas para los pueblos afectados por las inundaciones de la primavera del 2001, donde un tercio de los fondos se destinaron a financiar dos accesos a la localidad de Lombillo, una pequeña pedanía del municipio de Ponferrada sin apenas vecinos, y que además no fue incluida por la Diputación en el listado de peticiones de ayudas por no encontrarse entre los pueblos más afectados por las lluvias. Las críticas de los políticos denunciados se centraron en el subdelegado del Gobierno, Víctor Núñez, porque la comisión que repartió las ayudas estaba presidida por él, y sobre todo porque resultó ser el propietario d e dos inmuebles y dos huertas en la localidad de Lombillo. Víctor Núñez consideró que las manifestaciones que realizaron el diputado leonesista y los socialistas atentaban contra su honor, y rechazaba las supuestas implicaciones públicas por no considerar su cargo como un puesto político. En la sentencia, el juez advierte que el subdelegado del Gobierno es «un cargo de relevancia pública y política», y añade que «como tal actuó presidiendo la comisión que informó favorablemente las ayudas». El juez recuerda además que todos los hechos manifestados por los denunciados, como que Núñez tiene propiedades en Lombillo o que la Diputación no solicitó la ayuda, se han probado como ciertos. Junto a estos argumentos, en la sentencia también pesan los hechos de que las críticas objeto de la demanda «son ciertas y se hicieron por afectar a intereses generales», «dentro de un debate político -añade el juez- y dirigidas a una persona pública que adoptó decisiones de carácter público y social». En estas circunstancias, el juez advierte que debe primar el derecho a la libertad de expresión sobre el derecho al honor, al tiempo que descarta que las expresiones objeto de la demanda puedan ser consideradas en ningún caso como difamatorias o vejatorias para el subdelegado del Gobierno, tal y como él pretendía en su demanda.

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