Diario de León

Los hechos que el juzgado estima probados

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El prolijo fallo del Tribunal Militar Central repasa los avatares jurídicos experimentados por el caso, del que se ocuparon diversos juzgados, y considera probadas diversas circunstancias, al amparo de testimonios y pruebas documentales. La organización Fue el Mando de Adiestramiento y Doctrina (Madoc) el que asignó el campo de tiro de El Teleno para los ejercicios y determinó sus fechas, que adelantó de octubre a septiembre para hacerlos coincidir con una prueba en la que participaba una compañía del ejército británico. Las condiciones F.J.M.R. solicitó el parte meteorológico previo, que vaticinó vientos flojos para el 13 de septiembre. Había «humedad en el terreno por las pequeñas precipitaciones caídas los días anteriores». El aire Aunque el juzgado admite que no ha podido acreditarse la velocidad exacta del viento en el lugar de impacto de los misiles, cifra ésta en «rachas aproximadas de unos treinta kilómetros por hora», en función de mediciones meteorológicas del 13 de septiembre en el Aérodromo de la Virgen del Camino y el testimonio de un experto según el cual velocidades superiores a 28 kilómetros por hora habrían afectado negativamente a la trayectoria de los proyectiles. Todos alcanzaron sus blancos. La supervisión F.J.M.R. ordenó crear dos retenes de vigilancia tras producirse el incendio. El ejercicio fue suspendido cuando se produjo el segundo foco, el primero se apagó por sí mismo. Sólo había picos y palas para extinguirlo una vez traspasó el recinto.

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