La Ley de Patrimonio habla de la protección histórica

CAMPOS
Desde el Ayuntamiento de Cistierna así como a criterio de quienes han realizado estudios sobre los dos torreones de Valmartino se sostiene que dentro de la Ley de Patrimonio, el simple hecho de la tradición oral que evidencie la presencia de zona arqueológica es suficiente para llevar a cabo una protección. El articulo 8 señala que «sitio histórico es aquel lugar o paraje natural vinculado a acontecimientos del pasado o recuerdos del pasado, tradiciones populares, creaciones culturales o literarias...». La evidencia es tal que muchos hablan de la comunicación subterránea de los dos torreones.