Diario de León

Más protección para la gran variedad de flora y fauna españolas

Aparecen nuevas figuras legales a partir de las normas y recomendaciones del Consejo de Europa o el Convenio de la Diversidad Biológica, como la de Área Marina Protegida, el Catálogo Nacional de Especies Exóticas Invasoras y los espacios natura

MIGUEL

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M. M. ALLER | texto
León

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Las especiales condiciones de orografía, extensión y situación geográfica, convierten a España en uno de los países europeos más diversos en flora y fauna, con cerca de 80.000 taxones. Sólo las plantas vasculares alcanzan las 8.000 especies, de las que 1.500 son endemismos. Se calcula, además, que hay 1.000 especies de musgos, de 2.000 a 2.500 de líquenes y cerca de 20.000 de hongos. En cuanto a fauna, tenemos la mayor riqueza de Europa, con entre 50.000 y 60.000 especies. El 65% de las especies de vertebrados de la UE se encuentran en España destacando las aves y mamíferos donde se alberga el 74% y el 79%, respectivamente. La ley del Patrimonio Natural y la Biodiversidad permitirá garantizar la conservación de la biodiversidad española y la de sus espacios naturales. La normativa establece el régimen jurídico básico de la conservación, uso sostenible, mejora y restauración del patrimonio natural y de la biodiversidad española, como parte del deber de conservar y del objetivo de garantizar el derecho a un medio ambiente adecuado. Recoge, igualmente, las normas y recomendaciones internacionales que organismos como el Consejo de Europa o el Convenio de la Diversidad Biológica han ido estableciendo en los últimos años. Corredores ecológicos La prevalencia de la protección ambiental sobre la ordenación territorial y urbanística, la incorporación del principio de precaución en las intervenciones que puedan afectar a espacios naturales y especies silvestres, impulsar procesos de mejora en la sostenibilidad y en la promoción del uso ordenado de los recursos para garantizar el aprovechamiento sostenible del patrimonio natural son algunos de los principios contenidos en la norma. Asimismo, se contempla la creación del Consejo Nacional, del Inventario y del Plan Estratégico Nacional del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, que definirá fines, criterios y acciones que promuevan la conservación, el uso sostenible y, en su caso, la restauración del patrimonio, recursos naturales terrestres y marinos y de la biodiversidad, incorporando un diagnóstico de la situación y de la evolución del patrimonio natural y de la biodiversidad española. El planeamiento de los recursos naturales mantiene como instrumentos los Planes de Ordenación de los Recursos Naturales, que permanecen como la herramienta de las Comunidades Autónomas para la delimitación, tipificación, integración en red y determinación de su relación con el resto del territorio, de los sistemas que integran el patrimonio y los recursos naturales de un determinado ámbito espacial. Se incorporan los corredores ecológicos entre espacios naturales de singular relevancia para la flora o la fauna silvestres y las áreas de montaña, con independencia de que tengan la condición de espacios naturales protegidos. Las Comunidades Autónomas podrán utilizar estos corredores ecológicos, o la definición de áreas de montaña para mejorar la coherencia ecológica y la conectividad de la Red Natura 2000. Los Lugares de Importancia Comunitaria, las Zonas Especiales de Conservación y las Zonas de Especial Protección para las Aves que integran esta Red tendrán la consideración de espacios protegidos, con la denominación específica de Espacios Protegidos Red Natura 2000. Por último, se establece que sólo se podrá proponer la descatalogación total o parcial de un espacio incluido en Red Natura 2000 cuando así lo justifiquen los cambios provocados en el mismo por la evolución natural, y previo trámite de información pública. Otro de los instrumentos que incluye el texto es la Catalogación de Hábitats en Peligro de Desaparición, que incluirá aquellos cuya conservación exija medidas específicas de protección y conservación.

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