La Audiencia absuelve a los directivos de «Egunkaria» y cree ilegal su cierre
La sentencia considera injustificada e inconstitucional la clausura del periódico vasco y descarta que fuese una fuente de financiación a los terroristas de ETA

Imagen de archivo de los cinco directivos de «Egunkaria» juzgados por la Audiencia.
La orden judicial de cierre del periódico Euskaldunon Egunkaria en febrero del 2003 «no tenía cobertura constitucional directa» y «carecía de una norma legal especial y expresa que la autorizara». Pero es que la clausura ni siquiera estaba justificada porque no había pruebas de que el diario fuera un proyecto auspiciado por ETA, que defendiera sus postulados y, menos aún, que la editorial desviara dinero a las arcas de la organización terrorista. Tampoco había un solo indicio de que la banda nombrara a los responsables del rotativo. Más de siete años después de aquel polémico cierre, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, que absuelve a los cinco directivos del periódico acusados de «pertenencia» a ETA, dictó ayer una sentencia que llega al punto de poner en duda la legalidad de la decisión del entonces instructor Juan del Olmo de dejar a miles de lectores vascos sin la única publicación diaria en euskera, cuando en modo alguno la salida a los quioscos de Egunkaria suponía riesgo de «reiteración delictiva».
El ponente del fallo, el presidente Javier Gómez Bermúdez, es tajante en las conclusiones de su durísima sentencia: no hay ni una sola prueba de que «los procesados tengan la más mínima relación con ETA» a pesar de que el Ministerio del Interior. Dirigido por Ángel Acebes en el 2003, acusó públicamente a los responsables del rotativo de haber convertido el periódico en un «instrumento» de la banda. El tribunal absuelve así a el presidente del consejo de administración, Juan María Torrealday; a los consejeros José María Auzmendi, Ignacio María Uría y Marcelo Otamendi; y al redactor jefe Javier Oleaga. La AVT y Dignidad y Justicia reclamaban para ellos penas de entre 12 y 14 años de cárcel en un proceso en el que la Fiscalía no acusaba por no ver indicios delictivos.