Condenan al maquinista leonés del tren de Villada a una pena de dos años de prisión
La sentencia rebaja en medio año la petición del fiscal y lo inhabilita por cuatro para volver a conducir

Estado en el que quedó el convoy después de sufrir el accidente a la entrada de Villada, poco despué
El juzgado de lo Penal número 1 de los de Palencia ha condenado a una pena de dos años de prisión y cuatro de inhabilitación para el ejercicio de sus funciones al maquinista leonés que conducía el tren accidentado en Villada el pasado 21 de agosto del 2006, a causa del cual siete personas perdieron la vida y casi un centenar resultaron heridas de diversa consideración. Por todo ello, se le considera responsable de siete delitos de homicidio por imprudencia profesional grave y otros 86 de lesiones.
La sentencia, de casi 80 folios, fue hecha pública ayer y en su apartado de hechos probados se refleja que «sobre las 15.50 horas del día de autos el tren circulaba próximo a la entrada de la Estación de Villada (Palencia) a una velocidad de 160 kilómetros por hora». Acababa de dejar atrás la estación de Sahagún, donde se habían bajado varios pasajeros.
Se declara probado en el fallo que a pesar de que la recepción de «señales que obligaban al maquinista a reducir la velocidad para pasar por el cambio de vía a una velocidad no superior a 30 kilómetros por hora, no redujo la velocidad, circulando en el momento en que se produjo el cambio de vía a una velocidad de 125 kilómetros por hora, ocasionándose por dicho exceso de velocidad el descarrilamiento de los coches, colisionando los dos primeros con tres columnas de electrificación y, posteriormente, con los pilares centrales de sujeción del paso superior de la carretera que existe a la entrada de la Estación de Villada».
En lo tocante a la motivación y el análisis de la prueba, considera la Magistrada Juez que la cuestión a determinar es «si el exceso de velocidad fue debido a la falta de atención del maquinista o, como éste sostiene, tuvo su origen en un fallo de los sistemas de señalización». Con la prueba practicada «ha quedado demostrado, sin ningún genero de dudas, el perfecto funcionamiento tanto del sistema de Señales Visuales como del Sistema de Balizas (ASFA) y que dichos sistemas cumplieron su función, transmitiendo al conductor de la locomotora las indicaciones oportunas para que adecuara la velocidad al tipo de maniobra previsto que era el de cambio de vía».
Entiende su Señoría que «igualmente ha quedado acreditado que el maquinista recibió esa información confirmando su recepción mediante el accionado del pulsador por dos veces ya que el mismo sirve, precisamente, para confirmar dicha recepción pues si no lo hubiera hecho el tren de forma automática se hubiera detenido».
La sentencia rebaja en seis meses la pena que inicialmente había solicitado el Ministerio Fiscal, tanto en lo tocante a la pena de prisión como en la referente a la inhabilitación para el ejercicio de sus funciones profesionales como maquinista.
Se declara a la compañía aseguradora responsable civil directa y a Renfe como responsable civil subsidiaria.