Las multas por vender alcohol a menores castigan a 29 quioscos y supermercados

Las bebidas incautadas son destruidas por parte de la Policía Local al mezclarlas con un absorbente.
Las actuaciones del grupo Paidos de la Policía Local no se restringe a su intervención en las calles. En el último año, los agentes de esta brigada municipal han registrado 29 actas por suministro de alcohol a menores en establecimientos comerciales. Una conducta que acarrea multas de 1.000 euros para aquellos propietarios de los quioscos, tiendas y supermercados que se arriesgan a dispensar bebidas alcohólicas a jóvenes sin asegurarse de que en su carné de identidad se constata que han superado los 18 años.
La estadística del cuerpo municipal de seguridad deja además un dato curioso. Más del 50% de las multas se producen en el entorno de La Chantría, donde 15 establecimientos han visto cómo la Policía Local les daba el alto. Completan el cuadro La Vega y La Sal, donde se registraron 5 actas; San Claudio, con 4; el centro de la ciudad, con 3; y La Palomera y Eras de Renueva, con 1. Una contabilidad, asumida sólo al grupo Paidos, en la que se salvan de intervenciones el resto de espacios de la capital leonesa, aunque en muchos de ellos, como el Ejido, se consuma el alcohol que se compra en otros barrios.
Las actas a los establecimientos, al igual que las que hacen referencia a los menores y mayores de edad que son identificados en los botellones, se remiten a la Junta, que es quien recauda el dinero. No en vano es el legislación autonómica la que describe en que «no se permitirá ninguna forma de venta, entrega, ofrecimiento, suministro o dispensación, gratuita o no, de bebidas alcohólicas a los menores de 18 años»; al tiempo que prohíbe, «asimismo, la venta o entrega a dichos menores de cualquier otro producto que imite las bebidas alcohólicas e induzca a su consumo, en particular, bebidas, dulces, refrigerios, juguetes y otros objetos que tengan formas semejantes a sus presentaciones y puedan resultar atractivos para ellos». para evitar la picaresca, el texto apunta además que «las máquinas expendedoras de bebidas alcohólicas sólo podrán ubicarse en el interior de locales, centros o establecimientos en los que no esté prohibido consumirlas, en una localización que permita la vigilancia directa y permanente de su uso por parte del titular del local o de sus trabajadores.