AHORRO DE ENERGÍA
El TS rechaza suspender la bajada del límite de velocidad a 110 km/h
El Tribunal Supremo (TS) ha rechazado la petición de la asociación DVuelta y el Movimiento 140 de suspender como medida cautelarísima la bajada del límite de velocidad a 110 kilómetros por hora mientras se resuelve el recurso presentado contra esta medida.
Así lo ha acordado la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS en un auto en el que señala que no hay razones de especial urgencia que lleven a decidir sobre la medida cautelar solicitada sin oír a la Administración del Estado, a la que da un plazo de cinco días para que efectúe alegaciones.
DVuelta y el Movimiento 140 argumentan en su recurso contra el real decreto por el que se rebaja en diez kilómetros el límite genérico de velocidad que " el ahorro energético no puede constituir la causa de reducción de los límites de velocidad a tenor de la Ley de Seguridad Vial, puesto que tal particularidad no aparece recogida en ninguno de los artículos que contiene ".