Diario de León

Confirman que el huido Troitiño no debió quedar libre

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melchor sáiz-pardo | madrid
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Antonio Troitiño Arranz, el etarra del comando Madrid condenado a cerca de 3.000 años y que se encuentra en paradero desconocido desde que saliera de la cárcel el pasado abril, no debía haber sido excarcelado hasta dentro de cinco años. El Tribunal Supremo ha confirmado el acuerdo de la Audiencia Nacional que en marzo, antes de su salida a la calle, fijó que la fecha de extinción de su condena debía ser el 7 de enero de 2017 en aplicación de la doctrina Parot, que obliga que el descuento de los beneficios penitenciarios se haga sobre el total de la condena impuesta y no sobre los 30 años de máximo de cumplimento.

Esta sentencia rectifica de plano la interpretación que hizo el presidente de la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, Alfonso Guevara, cuando ordenó en abril a Instituciones Penitenciarias la excarcelación, tras cumplir 24 años de condena, al aceptar aplicar la doctrina conocida como la de «doble cómputo de la prisión preventiva». Cuando la sala revocó la excarcelación negando su propia interpretación, Troitiño ya había desaparecido.

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