Diario de León

El Constitucional mantiene a Otegi en la cárcel por pertenecer a ETA

Se argumenta que es un reo con sentencia firme por un delito especialmente grave.

El ex portavoz de Batasuna, Otegi, en una imagen de archivo.

El ex portavoz de Batasuna, Otegi, en una imagen de archivo.

Publicado por
a. torices | (colpisa) madrid

Creado:

Actualizado:

El Tribunal Constitucional comunicó ayer a Arnaldo Otegi que rechaza su petición de suspensión cautelar de la condena que desde el 16 de octubre de 2009 le mantiene encerrado en Logroño. La corte argumenta que se trata de un reo con sentencia firme por un delito especialmente grave como es la pertenencia a ETA. Los magistrados señalan en el auto que «la suspensión puede implicar una perturbación grave de un interés constitucionalmente protegido, como es el legítimo interés público en el cumplimiento de las penas, en atención a la gravedad del delito».

La Sala Primera, en la que podría ser una de las últimas resoluciones de su presidente, Pascual Sala, quien será relevado esta semana por haber agotado los nueve años de mandato, concluye que el ex portavoz de Batasuna tiene que seguir en prisión hasta que el tribunal resuelva el recurso en el que pide que se anule la condena del Supremo, que en 2012 le impuso seis años y medio de prisión por entender que, siguiendo órdenes de la banda terrorista, trató de resucitar el partido ilegalizado a través del ‘proyecto Bateragune’.

Los magistrados, por idénticos motivos, también rechazan autorizar la excarcelación cautelar de los otros cuatro condenados por el alto tribunal en el sumario ‘Bateragune’, el ex secretario general de LAB Rafael Díez Usabiaga y los dirigentes de la izquierda abertzale Sonia Jacinto, Arkaitz Rodríguez y Miren Zabaleta. El primero, con la mismas penas que Otegi, seis años y medio por pertenencia a organización terrorista y diez años de inhabilitación para ocupar cargo público. Los otros tres, con seis años de cárcel e inhabilitación.

La sala explica en su auto que la suspensión es «una medida excepcional», destinada solo a evitar un daño «irreparable» en el caso de que el tribunal termine tras meses o años de tramitación por dar la razón al recurrente, pero que la norma general es su «improcedencia» y la no intervención en el cumplimiento efectivo de las penas.

El Constitucional recuerda que su doctrina para estos supuestos tiene como baremo principal no conceder la suspensión provisional de condena a ningún reo con penas superiores a cinco años por ser esta la frontera con la que el Código Penal separa los delitos graves de los menos graves. Pero de forma especial rechaza la medida cautelar para los condenados por hechos de «trascendencia social», como es la pertenencia a banda armada, que «afecta a bienes jurídicos esenciales». Aclara que las únicas excepciones que ha hecho han sido con algunos colaboradores menores de terroristas.

La resolución del Constitucional fue aplaudida por PP y UPyD y criticada, con mayor o menor dureza, por el PSE, IU y el PNV, que consideran que Otegi ya debería estar libre un año y medio después del anuncio del cese definitivo de los atentados realizado por ETA. Bildu y otras marcas de la izquierda abertzale lo repudiaron como «un auténtico escándalo». El propio afectado colgó un mensaje en la cuenta de Twitter a su nombre que gestiona su hijo Hodei. «Sonreíd, porque vamos a ganar», animó a sus seguidores.

tracking