PERIODO DE AJUSTE
Nueva reorganización dentro de 24 meses
La Disposición Adicional Segunda establece un mecanismo de ajuste de la planta establecida en los Anexos a la Ley, una vez hayan transcurrido 24 meses desde la entrada en vigor de la Ley. A nadie se le oculta que una transformación tan importante del mapa precisa de una profunda reflexión a la vista de los resultados. | dl